Derechos Humanos
INFORME SOBRE PRÁCTICAS DE DERECHOS HUMANOS – 2005
Publicado por la Oficina Pro Democracia, Derechos Humanos y Trabajo GUATEMALA
8 de marzo de 2006 Guatemala es una república democrática, con una población de aproximadamente 12.7 millones. En las elecciones en 2003, ampliamente consideradas limpias y correctas por los observadores internacionales, Oscar Berger de la Gran Alianza Nacional (GANA) obtuvo un mandato de cuatro años, que comenzó en enero de 2004. Mientras que las autoridades civiles generalmente mantuvieron control de las fuerzas de seguridad, hubo casos en que efectivos de la policía actuaron de forma independiente.
Aunque el gobierno generalmente respetó los derechos humanos de sus ciudadanos, hubo serios problemas. La corrupción y lo sustancialmente inadecuado de los sectores policía y judicial, la extendida violencia social y la impunidad por actividades criminales persistieron. Los siguientes problemas de derechos humanos y sociales fueron denunciados:
- Muertes ilegales provocadas por elementos de las fuerzas de seguridad.
- Extendida violencia social, incluyendo numerosas muertes.
- Participación de la policía en secuestros.
- Condiciones penitenciarias duras y peligrosas.
- Arrestos y detenciones arbitrarias.
- El sistema judicial falló en asegurar investigaciones plenas y oportunas, juicios imparciales o debido proceso.
- Fracaso en proteger a los funcionarios del sector judicial, testigos y las organizaciones de la sociedad civil contra la intimidación.
- Impunidad.
- Discriminación y violencia contra la mujer.
- Trata de personas, incluyendo la explotación sexual comercial de niños.
- Discriminación étnica, particularmente contra indígenas.
- Ineficaz cumplimiento de las leyes de trabajo, incluyendo disposiciones relacionadas con el trabajo infantil.
RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS
Sección 1 - Respeto por la Integridad de la Persona, Incluyendo Estar Libre de:
a. Privación Arbitraria o Ilegal de la Vida
Aunque el gobierno y sus agentes no cometieron ningún asesinato políticamente motivado, elementos de la policía provocaron una seria de muertes ilegales. Un sistema investigativo, de cumplimiento y de prosecución débil, sin embargo, evitó la investigación adecuada de dichas muertes y otros crímenes, así como el arresto y exitosa persecución de los responsables (ver secciones 1.c. y 1.e.).
Durante el año, la Oficina de Responsabilidad Profesional (ORP) de la Policía Nacional Civil (PNC) investigó 27 denuncias de la participación policíaca en asesinatos.
El 17 de diciembre, un transvestí fue muerto a balazos y otro herido por individuos que algunas organizaciones no gubernamentales (ONGs) afirmaron estaban vestidos de policía (ver sección 5).
El 7 de diciembre, el Tribunal de Alto Impacto de Chiquimula condenó a 2 elementos de la policía por golpear y matar a un detenido en la subestación de policía, en octubre de 2004, y sentenció a cada agente a 25 años de prisión.
No hubo avances significativos en el caso de la confrontación, en agosto de 2004, entre campesinos y miembros de la PNC en la finca Nueva Linda, en que 3 agentes y 7 trabajadores fueron muertos.
No hubo avances y no se esperaba ninguno en la investigación de la muerte en enero de 2004 del pandillero David Ixcol Escobar.
En junio, el Coronel Luis Carvajal, ex jefe de la oficina de protocolo del Ejército, fue sentenciado a 25 años de encarcelamiento por matar a su esposa, Ingrid Lima de Carvajal. Otros sospechosos en el caso fueron dejados en libertad por falta de pruebas.
El 28 de octubre, Juan Carlos Muñoz Castillo fue encontrado culpable y sentenciado a 40 años de prisión por la muerte en 2003 de José Israel López, procurador auxiliar de derechos humanos para el Departamento de Chimaltenango. El otro inculpado en el caso fue absuelto.
El 2 de junio, un tribunal encontró culpable a 5 hombres y los condenó a 100 años de prisión por su participación en el plagio y asesinato, en 2002, de Antonio Pop Caal, un activista de los derechos indígenas.
La mayoría de los casos de asesinatos políticos de años pasados permanecieron sin resolver, tales como la muerte en 2001 de Luis García, testigo del asesinato en 1998 del Obispo Juan Gerardo. El 23 de marzo, una corte de apelaciones cambió la sentencia de Byron Lima Estrada y Byron Lima Oliva de coautores del asesinato del Obispo Juan Gerardo a cómplices, reduciendo así la sentencia decretada en 2001 de 30 a 20 años de encarcelamiento. La sentencia de 20 años del otro cómplice, el Padre Mario Orantes, no fue modificada.
El 22 de octubre, la Corte Suprema de Justicia confirmó el fallo de julio de 2004 de un tribunal inferior que condenada a 14 militares, incluyendo a 1 teniente, a 40 años de prisión por el asesinato de 11 y heridas a 35 civiles durante la masacre de Xamán en 1995.
No hubo avances en la búsqueda del prófugo Coronel Juan Valencia Osorio, cuya sentencia de 25 años de prisión por ser el autor intelectual del asesinato de la antropóloga Myrna Mack en 1990 Chang fue reinstalada por la Corte Suprema de Justicia en enero de 2004. A fin de año, Valencia había permanecido en fuga por casi dos años. En febrero, el gobierno hizo el primer desembolso a la familia Mack de los $820,000 (Q.6.2 millones) en el resarcimiento ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El 29 de agosto, en respuesta a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el gobierno formalmente aceptó responsabilidad por el secuestro y muertes de 10 estudiantes universitarios en 1989. A fin de año, había otros 72 casos pendientes contra el país ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la mayoría respecto de acontecimientos del período del conflicto armado interno.
El 18 de julio, aniversario de la masacre de Plan de Sánchez en 1982, en que el Ejército y las Patrullas de Autodefensa Civil (PACs) mataron a 268 personas, el gobierno presentó disculpas formales y una declaración de responsabilidad, de acuerdo con lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Durante su visita en julio, la vicepresidente y relatora para Guatemala de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos subrayó la actitud positiva del gobierno en su diálogo con los órganos del sistema interamericano de Derechos Humanos, así como la necesidad de que la Comisión Nacional de Resarcimiento proceda efectiva y decisivamente con un plan para compensar a las víctimas del conflicto armado.
El 22 de diciembre, el Programa Nacional de Resarcimiento, encabezado por la respetada activista, Rosalina Tuyuc, hizo sus primeros desembolsos de fondos recibidos del gobierno en mayo de 2004 a familias de víctimas del conflicto armado.
A fin de año, el caso de la masacre militar en 1982 de 250 civiles en Dos Erres, Petén, seguía detenido en los tribunales, debido a los recursos presentados por los acusados.
Durante el año, ocho trabajadores de la justicia, incluyendo a dos jueces, fueron muertos (ver sección 1.e.).
Por lo menos dos manifestantes fueron muertos durante el año, reportadamente por fuerzas de seguridad o compañeros manifestantes (ver sección 2.b.).
El 2 de septiembre, un pistolero desconocido mató en la capital a Harold Rafael Pérez Gallardo, asesor legal de la ONG Casa Alianza. A fin de año, el caso seguía bajo investigación de las autoridades policíacas.
La violencia social permaneció extensa. Actores no estatales con vínculos al crimen organizado, pandillas, empresas privadas de seguridad y supuestos “grupos clandestinos” cometieron centenares de asesinatos y otros delitos. Activistas de los derechos humanos declararon que estas personas también fueron responsables de amenazas, asaltos y robos con enfoque en las organizaciones de derechos humanos. Dichos reportes también sugieren que miembros anteriores o de alta en la policía condonaron o estaban involucrados en algunos de los ataques y otros abusos.
Los asesinatos, incluyendo evidencia de asalto sexual, tortura y mutilación de mujeres, continuaron a un ritmo alarmante (ver sección 5).
Los asesinatos de niños, particularmente en la capital, aumentaron durante el año (ver sección 5).
Fuentes de la policía indicaron que 14 linchamientos habían sido cometidos en el curso del año, en comparación con 7 incidentes en 2004. Muchos observadores atribuyeron el aumento de linchamientos en comparación con el año anterior a la creciente frustración pública por la falta del sector justicia en garantizar la seguridad. Entre las víctimas, se contaron funcionarios públicos o de la policía que habían tomado acciones poco populares en el hacer o no hacer cumplir la ley.
Hubo otros incidentes de violencia social, incluyendo la quema el 17 de octubre de una estación de policía en San Juan Ostuncalco, Quetzaltenango, por una muchedumbre que pretendía matar a dos personas sospechosas de robar y que estaban detenidas en la estación.
b. Desapariciones
Aunque no hubo reportes de desapariciones políticamente motivadas, sí hubo reportes de la participación de la policía en secuestros por dinero. La Oficina de Responsabilidad Profesional de la PNC investigó a 10 elementos por participación en secuestros. Un agente fue encontrado culpable y destituido, con cargos criminales pendientes a fin de año. Las investigaciones de los demás elementos continuaban. La Unidad del Crimen Organizado de la Fiscalía reportó que elementos de la PNC estaban involucrados en 11 casos de secuestro, a veces en cooperación con grandes organizaciones criminales.
El 21 de octubre, un tribunal penal condenó al ex agente de la PNC Rudy Arnulfo Girón Lima, el actual agente de la PNC Marvin Utrilla Marín, y otros cuatro del secuestro del sobrino de Lizardo Sosa, Presidente del Banco de Guatemala. Girón Lima, Utrilla Marín y uno de los acusados, Sergio Daniel García, recibieron cada uno un pena de 63 años (ver sección 5). Los otros tres acusados recibieron una condena de 53 años de prisión.
c. Tortura u Otro Castigo Cruel, Inhumano o Degradante
Aunque la ley prohíbe prácticas de esta naturaleza, durante el año hubo reportes creíbles de tortura, abuso y otros malos tratos de parte de miembros de la PNC. Las quejas se relacionaban típicamente con el uso excesivo de la fuerza durante las operaciones policíacas y detención arbitraria de pandilleros sospechosos y otros enfocados durante esquemas de extorsión.
No hubo nuevos desarrollos concernientes a la detención y golpiza en marzo de 2004 de Mynor Alvarado de León, de la ONG Centro de Acción Legal en Derechos Humanos.
Hubo denuncias creíbles de que agentes de la policía o personas disfrazadas de policías detuvieron automóviles y autobuses para exigir sobornos o robar propiedad privada. En algunos casos, estos individuos asaltaron y violaron a víctimas.
Condiciones en Prisiones y Centros de Detención
Las condiciones penitenciarias continuaban siendo duras y peligrosas. El sistema penitenciario continuó padeciendo de falta de recursos, especialmente en las áreas de seguridad penitenciaria y facilidades médicas. Los detenidos se quejaron de alimentación y atención médica inadecuadas. La corrupción, especialmente aquella relacionada con narcóticos, estaba bastante extendida. Funcionarios carcelarios reportaron frecuentes intentos de fuga y otras manifestaciones de insatisfacciones entre los detenidos. El Instituto de Estudios Comparativos en Ciencias Criminales, una ONG dedicada al estudio del sector judicial, publicó un informe durante el año que indicaba que el 80 por ciento de las mujeres detenidas denunciaron abusos de alguna clase, incluyendo por lo menos 5 casos de violación.
El hacinamiento carcelario fue un problema. De acuerdo con el registro llevado por el sistema penitenciario, había 8,247 personas detenidas en 40 cárceles diseñadas para 6,974. Aproximadamente el 60 por ciento de la población del sistema penitenciario nacional estaba en calidad de presos esperando ir a juicio.
El 15 de agosto, la violencia de pandillas dentro del sistema penitenciario cobró 36 vidas en cuatro prisiones. Detenidos de pandillas rivales se atacaron unos a otros con fusiles y armas cortantes ingresadas de contrabando al centro, en algunos casos con el conocimiento de los guardias, según reportes. El incidente siguió a meses de reportes en la prensa acerca de la disponibilidad de artículos contrabandeados dentro de las prisiones, incluyendo armas. El relator especial sobre los derechos de personas privadas de su libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró que los “graves problemas estructurales del sistema penitenciario, juntamente con las especialmente precarias condiciones en que los ofensores juveniles eran encarcelados y la falta de controles efectivos para evitar el ingreso de armas en los centros de detención, eran factores que contribuyeron a los violentos sucesos del 15 de agosto”. A fines de año, el incidente y la identidad de aquellos responsables por el contrabando de armas a las prisiones estaban bajo investigación. Durante el año, intentos de parte de las autoridades penitenciarias de segregar a los detenidos de acuerdo con su afiliación pandillera no resolvieron los problemas de la violencia en el sistema penitenciario.
El 19 de septiembre, un brote de violencia entre detenidos pandilleros en el Centro de Detención Juvenil de San José Pinula cobró la vida de 14 detenidos juveniles. La violencia en el Centro Departamental de Rehabilitación de Puerto Barrios, Izabal cobró la vida de tres detenidos adultos. Los incidentes estaban bajo investigación a fin de año.
El 16 de diciembre, una disputa entre pandilla en una cárcel de Mazatenango resulto en la muerte de un detenido pandillero. El incidente estaba bajo investigación a fin de año.
En raras ocasiones, detenidos hombres y mujeres en instalaciones de migración fueron mantenidos juntos. Los detenidos en espera de juicio a veces eran mantenidos en los mismos pabellones que la población carcelaria general.
El gobierno permitió visitas de monitoreo de las cárceles de parte de grupos locales e internacionales de derechos humanos, la Organización de Estados Americanos, defensores públicos, grupos religiosos y miembros de familias, y dichas visitas tuvieron lugar durante todo el año.
d. Arresto o Detención Arbitrarias
La ley prohíbe el arresto y la detención arbitrarios, pero hubo denuncias creíbles de arrestos sin orden judicial, detenciones ilegales, y la no adhesión a los límites de tiempo prescritos en los procesos legales. En la práctica, los agentes que llevaban a cabo los arrestos dejaron de satisfacer los requisitos legales debido a que los jueces dejaban de recibir el caso dentro del límite legalmente obligatorio de seis horas.
Papel de la Policía y Aparatos de Seguridad
La PNC, integrada por 18,000 elementos encabezados por un director nombrado por el Presidente, seguía con falta de personal, falta de capacitación y falta severa de recursos. Durante el año, el Ministerio Público determinó que la muerte de un agente de la PNC, durante protestas de la policía en julio de 2004 acerca de malas condiciones de vida en la Escuela de la Policía, fue suicidio.
La corrupción policíaca fue un problema grave, y hubo denuncias creíbles de la participación de agentes individuales en actividades criminales, incluyendo violaciones, asesinatos y secuestros. La impunidad de la policía seguió siendo un problema. Cuando las investigaciones de la ORP no podían resultar en castigos administrativos o judiciales exitosos, la PNC a menudo transfería a los sospechosos a diferentes partes del país. Los intentos para frenar la impunidad incluyeron colocar a 1,200 elementos bajo procedimiento de destitución.
Mientras que ningún miembro activo del Ejército sirvió en la estructura de mando de la policía, el gobierno continuaba empleando a los militares para brindar apoyo a la policía en respuesta a las crecientes tasas de criminalidad violenta. Operaciones conjuntas de la policía y los militares bajo control operativo de la PNC continuaron en áreas de la capital con las más altas tasas de criminalidad.
Agentes de la policía amenazaban a personas involucradas en la prostitución y otras actividades sexuales comerciales con falsas acusaciones de posesión de narcóticos para extorsionar dinero o favores sexuales y hostigaban a los homosexuales y transvestí con amenazas similares de falsas acusaciones (ver sección 5). Algunos críticos acusaron a la policía de detenciones indiscriminadas e ilegales al llevar a cabo operativos contra las pandillas en vecindarios específicos de alta criminalidad. Pandilleros sospechosos, según reportes, eran arrestados y encarcelados sin cargo alguno o basados en falsas acusaciones relacionadas con drogas, y en algunos casos eran arrestados sin orden judicial o no durante la comisión de algún delito.
La ORP realizó investigaciones internas de mala conducta de parte de agentes de la policía. Aunque la ORP ha aumentado su profesionalismo en años recientes, su independencia y efectividad fueron obstaculizadas por falta de recursos materiales y ausencia de cooperación de otras unidades de la PNC. La ORP reportó que para fines de años había recibido 1,653 denuncias, que incluían 31 homicidios, 411 robos, 29 violaciones, 269 casos de corrupción o soborno, 91 amenazas y 30 detenciones ilegales.
Aunque los casos con suficiente evidencia de actividad criminal fueron trasladados el Ministerio Público para su investigación y persecución, pocos casos fueron a juicio. Durante el año, las investigaciones de la ORP resultaron en el despido de 532 agentes y la exoneración de 81.
Funcionarios de migración y de la policía a menudo sometían a las personas que intentaban ingresar ilegalmente al país a extorsiones y malos tratos. Varios observadores de la sociedad civil y de la prensa consideraban que estos malos tratos no eran denunciados en su totalidad.
Durante el año, la PNC capacitó a 1,243 cadetes en cursos que incluían derechos humanos y ética profesional. El ejército continuó incorporando capacitación en derechos humanos en sus programas de capacitación y desarrolló cursos relevantes con la Procuraduría de Derechos Humanos. Se requería que oficiales de asuntos civiles en cada comando planificaran y documentaran la capacitación en derechos humanos impartida a los soldados, y los oficiales cumplieron con este requisito durante el año.
Aproximadamente las dos terceras partes de los distritos policiales se encontraban faltos de personal. Activistas de los derechos indígenas afirmaron que falta sensibilidad de parte de la policía a las normas y prácticas culturales de los indígenas de parte de la policía, provocando malos entendidos en el trato con grupos indígenas, y que pocos agentes indígenas trabajaban en sus propias comunidades etno-lingüísticas.
Arresto y Detención
La ley requiere que una orden emitida por tribunal sea presentada a un sospechoso antes de ser arrestado, a menos que sea sorprendido en el acto de cometer un crimen. La policía no podrá detener a un sospechoso por más de seis horas sin consignar el caso a un juez. A menudo los detenidos no fueron informados de los cargos en su contra. Una vez consignado un sospecho, la fiscalía generalmente tiene tres meses para completar las investigaciones y presentar el caso ante los tribunales o pedir un prórroga formal del período de detención. La ley dispone que los detenidos tengan acceso a un abogado y fianza por la mayoría de los delitos. El gobierno proporcionó representación legal para detenidos indigentes y los detenidos tenían acceso miembros de la familia.
No hubo datos confiables sobre el número de detenciones arbitrarias, aunque la mayoría de los relatos indicaban que la policía rutinariamente hacía caso omiso de las órdenes de habeas corpus en casos de detención ilegal, especialmente durante operativos contra pandilleros en los barrios.
No hubo denuncia alguna de detenidos políticos.
Aunque la ley fija un límite de tres meses para llevar al reo a juicio, los detenidos a menudo quedaban detenidos más allá de la fecha de su juicio legal o libertad, a veces por años. Durante el año, el 60 por ciento de los encarcelados estaban en detención en espera de juicio. Algunos prisioneros no eran liberados en forma oportuna después de cumplir sus condenas, debido a la falta de los jueces en emitir la orden necesaria o a otros problemas burocráticos. Un juez tiene la discreción de determinar si la fianza es necesaria o permisible para los detenidos en espera de juicio, dependiendo de las circunstancias de los cargos. Aquellos detenidos a quienes se les ofrece la libertad bajo fianza y no pueden pagar deberán permanecer en prisión.
e. Denegación de Juicio Público Imparcial
Mientras que la ley establece un poder judicial independiente, el sistema judicial a menudo ha dejado de prestar juicios imparciales u oportunos debido a la ineficiencia, la corrupción, insuficiente personal y fondos e intimidación de los jueces, fiscales y testigos. La mayoría de los casos graves no eran investigados o castigados. Muchos casos criminales de alto perfil quedaban pendientes en los tribunales por largos períodos, debido a sucesivos recursos y mociones de parte de los abogados.
Durante el año, hubo numerosas denuncias de corrupción y manipulación del sistema judicial. Jueces, fiscales, demandantes y testigos continuaron denunciando amenazas, intimidación y vigilancia. El fiscal especial de delitos contra trabajadores del sector judicial recibió 79 casos de amenazas o agresión contra jueces, en comparación con 61 en 2004. Durante el año, ocho trabajadores del sector judicial fueron muertos por atacantes desconocidos. Por ejemplo, el 21 de marzo, el juez de paz José Antonio Cruz Hernández, fue muerto en San Pedro Ayampuc. El 25 de abril, el juez del tribunal de alto impacto José Víctor Bautista Orozco fue muerto en San Marcos frente a su casa. A fin de año, cada uno de estos casos estaba bajo investigación. Hubo denuncias creíbles de asesinatos de testigos. Menos de 3 por ciento de los delitos reportados fueron llevados a juicio y significativamente menos recibieron condenas.
No hubo desarrollos significativos respecto de la muerte en julio de 2004 de Jesús Mendoza, primo del testigo en el caso Bámaca, Otoniel de la Roca Mendoza.
La Corte Suprema de Justicia continuó procurando la suspensión de jueces y realizando investigaciones por incorrecciones e irregularidades en casos bajo su jurisdicción. Durante el año, la Unidad de Disciplina Judicial investigó y celebró audiencias para 147 de las 597 denuncias de incorrecciones, con el resultado de que 60 casos fueron encontrados infundados, 45 jueces recibieron amonestaciones verbales o escritas, incluyendo suspensiones, siete jueces fueron destituidos, y los demás casos seguían bajo investigación a fines de año.
Los fiscales seguían siendo susceptibles a la intimidación y a la corrupción. La falta de la ley para delimitar entre la PNC y el Ministerio Público la responsabilidad para investigar delitos condujo a rivalidades organizativas y a la duplicación de esfuerzos investigativos. Se estima que el 3 por ciento de aproximadamente 250,000 denuncias presentadas a Ministerio Público durante el año fueron procesados.
El sistema judicial consiste de la Corte Suprema de Justicia, Cortes de Apelación, Tribunales ordinarios y jueces de primera instancia, así como tribunales de jurisdicción especial, como de trabajo y familia. Más de 35 jueces de paz estaban ubicados en todo el país. Algunos de los jueces fueron especializados en la administración del derecho tradicional e indígena en tribunales comunitarios que estaban bajo la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia.
Entre enero y agosto, el Ministerio Público tenía a aproximadamente 50 personas en su programa de protección de testigos.
Procedimientos Procesales
La ley establece el derecho a un juicio imparcial, público, la presunción de inocencia, el derecho de estar presente en juicio, el derecho a un abogado, a cometer una confesión voluntaria para buscar una condena menor, la posibilidad de libertad bajo fianza y el derecho a la apelación. Mesas de tres jueces imparten los veredictos. La ley establece juicios orales y requiere la interpretación idiomática para aquellos que necesiten de ella, particularmente el gran número de personas de origen indígena no fluentes en el idioma español (ver sección 5). Inadecuadas asignaciones de fondos de parte del gobierno limitaron la aplicación efectiva de este requisito legal. El Ministerio Público concentró a 16 intérpretes en las antiguas áreas de conflicto, y la Defensoría Pública empleó a 9 abogados de defensa bilingües, quienes fueron asignados a áreas en que podían servir de traductores, además de defender clientes.
El Ministerio Público, semi-independiente del Organismo Ejecutivo, podrá iniciar procesos criminales por sí mismo o en respuesta a una denuncia. Partes particulares podrán participar de la persecución de casos criminales como co-demandantes. Largas investigaciones y frecuentes mociones procesales usadas tanto por la defensa como por la fiscalía a menudo llevaron a detenciones excesivamente largas pre-juicio (ver sección 1.d.), frecuentemente atrasando los juicios por meses o años.
Presos Políticos
No hubo denuncias de presos políticos. Algunos ex funcionarios de gobierno, presos por cargos de corrupción, incluyendo al ex vicepresidente Reyes López, afirmaron que los cargos contra ellos eran políticamente motivados.
f. Interferencia Arbitraria con la Privacidad, Familia, el Hogar o la Correspondencia
La ley prohíbe estas acciones, y en la práctica el gobierno generalmente respetó estas prohibiciones.
Defensores de los derechos humanos alegaron que individuos afiliados a grupos armados clandestinos participaron en un número de allanamientos de sus casas u oficinas. El Ministerio Público investigó algunos de estos casos, sin poder identificar sospechosos para ser procesados.
Sección 2 - Respeto por las Libertades Civiles, Incluyendo:
a. Libertad de Expresión y de Prensa
La ley establece la libertad de expresión y de prensa, y el gobierno generalmente respetó estos derechos en a práctica y no restringió la libertad académica o el Internet.
El 5 abril, jueces del Juzgado Décimo de Sentencia condenaron a Juan Carlos Ríos Ramírez, Enma Concepción Samayoa de Rosales, Ana Cristina López Kestler, Vilma Orellana Ruando y Elvia Morales de López a tres años de prisión cada uno bajo la ley de antidiscriminación del país. Los cinco fueron sentenciados por proferir insultos raciales a la activista indígena Rigoberta Menchú durante una audiencia de la Corte de Constitucionalidad en 2003.
Aunque los medios independientes, incluyendo los medios internacionales, operaron libremente y estuvieron activos y expresaron una amplia variedad de punto de vista sin restricción del gobierno, hubo denuncias de que miembros de los medios fueron objeto de amenazas e intimidación de personas no identificadas. La Procuraduría de Derechos Humanos informó de 26 incidentes de intimidación contra periodistas hasta octubre, en comparación con 40 durante el año 2004.
Periodistas Sin Fronteras denunció que el 11 de julio ex miembros de las patrullas de defensa civil asaltaron al corresponsal de Prensa Libre, Edwin Paxtor, con machetes mientras filmaba una manifestación en el Departamento de Chiquimula. Pastor también denunció que había recibido amenazas anónimas de muerte el 23 de septiembre. Las amenazas fueron reportadas al Procurador de Derechos Humanos.
No hubo nuevos desarrollos y no se esperaba ninguno concerniente a una investigación de la golpiza en mayo de 2004 de David Hernández Rubio por dos hombres. En esa ocasión, Hernández Rubio y su hermano Héctor Ramírez estaban pidiendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos protección en relación a amenazas recibidos por su familia, reportadamente en relación con el trabajo de su padre como periodista.
El Ministerio Público procesó a dos sospechosos en relación con la invasión en 2003 de la casa del editor de El Periódico, José Rubén Zamora. El 25 de febrero, uno de los dos acusados fue sentenciado por allanamiento ilegal, amenazas, extorsión, detención ilegal y robo, y recibió una condena de 16 años de prisión. A fin de año, este acusado había apelado la sentencia. El otro acusado fue absuelto, aunque la evidencia contra ambos acusados parecía idéntica.
b. Libertad de Reunión y Asociación Pacíficas
Libertad de Reunión
Aunque la ley establece la libertad de reunión y el gobierno generalmente respetó estos derechos en la práctica, hubo algunas denuncias de uso innecesario de fuerza o inacción de parte de la policía durante manifestaciones violentas.
El 11 de enero, la policía dispersó a manifestantes con gas lacrimógeno y unidades anti-motines durante una protesta contra proyectos de minería en el Departamento de Sololá en que los manifestantes quemaron vehículos, destruyeron propiedad y atacaron a transeúntes, incluyendo a periodistas que cubrían los sucesos. Aproximadamente 20 personas fueron heridas, incluyendo varios agentes de la policía, y una persona fue muerta por arma de fuego. La investigación de la policía y reportajes de los medios concluyeron en que la policía perdió el control de la situación y reaccionó inapropiadamente pero que una bala perdida de los manifestantes que disparaban al aire mató al manifestante.
Del 1 al 15 de marzo, ocurrieron una serie de protestas en la capital, durante las cuales los manifestantes arrojaron piedras a los transeúntes, provocaron incendios, bloquearon los caminos y destruyeron propiedad. La prensa informó que la policía uso la fuerza en respuesta a las acciones violentas de los manifestantes. La policía sobrereaccionó en por lo menos un caso en que los agentes golpearon a un manifestante que cometía un acto de vandalismo. Fotografías y videos mostraron a los manifestantes provocando incendios a las barreras y arrojando piedras y botellas a la policía.
El 15 de marzo, durante una protesta en el Departamento de Huehuetenango, un manifestante fue muerto a balazos durante una confrontación entre manifestantes armados y la policía en un puente. El informe final de la investigación no había sido publicado para fines de año.
Libertad de Asociación
La ley establece la libertad de asociación y el gobierno generalmente respetó este derecho en la práctica.
c. Libertad de Culto
La ley establece la libertad de culto y el gobierno generalmente respetó este derecho en la práctica.
Abuso y Discriminación sociales
No hubo denuncias de abusos o discriminación sociales contra personas por sus creencias o prácticas religiosas, incluyendo actos antisemíticos. La población judía era de aproximadamente dos mil personas.
Para una discusión más detallada, ver Informe Internacional de Libertad de Culto 2005.
d. Libertad de Locomoción Dentro del País, Viajes al Extranjero, Emigración y Repatriación
La ley establece estos derechos y el gobierno generalmente los respetó en la práctica.
La ley prohíbe el exilio interno y externo forzado, y el gobierno no usó el exilio en la práctica. El exilio autoimpuesto, sin embargo, fue la respuesta ocasional de ciudadanos que se sentían amenazados o intimados.
Protección de Refugiados
La ley establece la concesión de asilo o condición de refugiado, de acuerdo con la Convención de 1951 de la ONU relativa la Condición de Refugiados y su protocolo de 1967, y el gobierno ha establecido un sistema para proveer protección a refugiados. En la práctica, el gobierno extendió protección contra el retorno de personas a un país en que temían ser perseguidos. El gobierno cooperó con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Refugiados y otras organizaciones humanitarias.
Sección 3 - Respeto a los Derechos Políticos: el Derecho de los Ciudadanos a Cambiar su Gobierno
La ley otorga a los ciudadanos el derecho de cambiar a su gobierno pacíficamente, y los ciudadanos ejercieron este derecho a través de elecciones periódicas, libres e imparciales, celebradas en base de sufragio casi universal para aquellos mayores de 18 años. No se permite votar a los elementos de las fuerzas armadas y policía.
En las elecciones nacionales de 2003, Oscar Berger de la coalición GANA obtuvo un mandato de 4 años como presidente, con aproximadamente el 54 por ciento de los votos. En el período de preparación de las elecciones, 29 candidatos a funciones inferiores fueron muertos. A pesar de algunas irregularidades en el Registro Electoral, observadores de la misión internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA) calificaron a las elecciones como generalmente libres e imparciales.
Durante el año, hubo 14 mujeres en el Congreso de la República, de 158 escaños, 2 mujeres en la Corte Suprema de Justicia, y una mujer en el puesto rotativo de la Corte de Constitucionalidad. En octubre, los magistrados de la Corte Suprema eligieron por primera vez a una mujer como presidente de este organismo. Hubo 197 mujeres sirviendo como jueces. Hubo dos ministras en el gabinete y 6 secretarias presidenciales. De los 331 alcaldes del país, 9 son mujeres. Hubo 1 indígena en el gabinete y 1 de los 12 secretarios presidenciales era indígena. Hubo 15 diputados indígenas en el Congreso de la República. De los 331 alcaldes, 120 eran indígenas.
Corrupción en el Gobierno y Transparencia
La corrupción en el gobierno fue percibida ampliamente como problema serio, aunque, según la ONG Transparencia Internacional, la percepción pública de la corrupción disminuyó en comparación con 2004. A fin de año, los cargos de fraude contra el ex vicepresidente Reyes López seguían pendientes. Durante el año, el Ministerio Pública continuaba las investigaciones del ex presidente Alfonso Portillo, el ex ministro de gobierno Byron Barrientos y otros miembros de la anterior administración. El 22 de diciembre, las autoridades capturaron a Jorge Mario Nufio, representante del Congreso en la Junta Directiva del Instituto de Seguridad Social (IGSS) después de dos años de estar prófugo. Nufio había estado oculto desde 2003, después de que una investigación revelara que faltaban aproximadamente $46 millones (350 millones de quetzales) de los fondos del IGSS.
El 4 de octubre, las autoridades condenaron al ex contralor general Oscar Dubón Palma a 17 años de prisión por lavado de dinero y desfalco.
El 8 de agosto, un tribunal penal absolvió al ex gerente del IGSS Carlos Wohlers de cargos de corrupción y abuso de autoridad. Los fiscales del gobierno recurrieron de la decisión, en base de cuestiones procesales. A fin de año, el recurso estaba pendiente.
El 20 de marzo, el ex ministro de finanzas Eduardo Weymann fue encontrado culpable de falsedad material en la transferencia ilegal de $5 millones (Q.38 millones) de las autoridades tributarias. Weymann fue condenado a tres años de prisión, conmutados a razón de $12 (Q.90) por día. A fin de año, el caso estaba bajo apelación.
El 24 de febrero, el Ministerio Público acusó a Arnoldo Heriberto Quezada Chapetón, director del Departamento Nacional de Tránsito, de corrupción por recibir aproximadamente $20,000 (Q.156,000) de una escuela de conducción. A fin de año, Quezada Chapetón se encontraba prófugo, después de haber dejado de comparecer a una audiencia el 1 de septiembre.
Los ex ministros de defensa Eduardo Arévalo Lacs y Alvaro Lionel Méndez Estrada continuaban bajo investigación por corrupción, y las autoridades judiciales restringieron sus movimientos. Ambos estaban acusados de la malversación de $121 millones (Q.906 millones) de fondos del Ministerio de la Defensa entre 2001 y 2003.
Una ley general de libertad de información permanecía inmovilizada en el Congreso, y no había ningún otro mecanismo establecido para que los ciudadanos o no ciudadanos tuvieran acceso a información del gobierno.
Sección 4 - Actitud Gubernamental Respecto de las Investigaciones Internacionales y No-Gubernamentales de Violaciones Alegadas de los Derechos Humanos
Una variedad de grupos de derechos humanos, nacionales e internacionales, operaron generalmente sin restricciones gubernamentales y publicaron sus hallazgos sobre casos de derechos humanos. Los funcionarios de gobierno colaboraron y respondieron a sus puntos de vista. Muchos trabajadores de las ONGs y de derechos humanos y un número de sindicalistas (ver sección 6.a.) recibieron amenazas o intimidaciones de parte de personas no identificadas y se quejaron de que el gobierno hacía poco por investigar estas denuncias o evitar más incidentes. Unicamente un pequeño número de estos casos fue reportado a las autoridades.
En julio una Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos abrió sus puertas en el país a invitación del gobierno, con mandato de asesorar al gobierno en la investigación y persecución legal de abusos a los derechos humanos.
El gobierno regularmente brindó seguridad a los hogares y oficinas de activistas de los derechos humanos que recibían amenazas. La Fundación Myrna Mack y la Fundación Guatemalteca de Antropología Forense, por ejemplo, recibieron cada una protección continua durante el año.
Durante el año, la Fiscalía Especial de Derechos Humanos abrió 47 casos nuevos, incluyendo casos de amenazas por teléfono o escritas, allanamientos, agresiones físicas, así como vigilancia de lugares de trabajo, residencias y movimientos vehiculares. La mayoría de estos casos permanecieron pendientes por largos períodos sin ninguna investigación o languidecieron en el sistema de justicia conforme los abogados de la defensa presentaban sucesivas mociones y recursos para atrasar los juicios.
A fin de año no había desarrollos nuevos y no se esperaba ninguno en la investigación del Ministerio Público concerniente a varias llamadas telefónicas amenazadoras recibidas en 2004 por el grupo de derechos de los homosexuales Lesbiradas.
Amenazas sustanciales fueron hechas contra la vida y seguridad de personas que participaban en la exhumación de fosas clandestinas que contenían los cadáveres de víctimas del conflicto armado interno de 36 años que concluyó con la firma de los acuerdos de paz en 1996. Grupos forenses usaron la información obtenida de las exhumaciones para verificar reportes de testigos oculares de masacres – de las cuales la Comisión de Esclarecimiento Histórico registró 669 – para acusar a presuntos perpetradores de las masacres.
En agosto y septiembre, miembros del personal de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) recibieron amenazas de muerte, incluyendo un incidente el 26 de agosto en que un pistolero desconocido confrontó a un familiar del director de la fundación. Hubo también amenazas escritas contra personal de la FAFG por sus labores de análisis forense. La PNC destacó elementos de protección a la fundación y su personal durante el año.
El Comité de Viudas Guatemaltecas, una organización de viudas de víctimas del conflicto armado interno, denunció el 15 de agosto una amenaza de muerte relacionada con sus actividades de exhumación. Para fines de año, el gobierno no había emprendido una investigación de este incidente.
En enero, la Corte de Constitucionalidad emitió un fallo final en el sentido de que los pagos a los ex PAC por servicios durante el conflicto armado eran inconstitucionales. Como resultado, líderes de las PAC públicamente amenazaron a organizaciones de derechos humanos durante el año por cuestionar estos pagos. En respuestas a las amenazas, el gobierno proporcionó protección a las organizaciones por varias semanas. A fines de año, no había desarrollos respecto de una investigación de parte de las autoridades de estas amenazas.
En julio, un relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA para Guatemala visitó y observó con preocupación el nivel creciente de la violencia, la persistencia de serias faltas en el sistema judicial y los problemas estructurales que afectaban el pleno respeto por los derechos humanos, todos de los cuales agravados por una falta de adecuadas medidas de protección e impunidad generalizada.
En enero, el Ministerio de Gobernación reveló un presunto complot para asesinar al Obispo Alvaro Ramazzini, un prominente activista de los derechos humanos. Las autoridades policíacas realizaron una investigación, pero no encontraron evidencia que corroborara la amenaza.
El Procurador de los Derechos Humanos, Sergio Morales, electo por el Congreso de la República, reporta al Congreso y monitorea los derechos reconocidos en la constitución. Los fallos del Procurador no tienen fuerza de ley. La Procuraduría de los Derechos Humanos operó sin interferencia del gobierno o de los partidos y tenía recursos adecuados para cumplir con sus funciones. La Procuraduría contó con la cooperación del gobierno y emitió reportes y recomendaciones que fueron hechos públicos, y el gobierno respondió a estos reportes.
A fin de año, no había desarrollos en la investigación para identificar a individuos que habían hecho amenazas en 2004 contra personal de campo de la Procuraduría de Derechos Humanos.
El 17 de septiembre, un tribunal absolvió a cuatro ex guardias de seguridad y otro sospechoso en relación con un allanamiento de la Procuraduría en 2004.
La Comisión Presidencial de Derechos Humanos (COPREDEH), dirigida por el dirigente de derechos humanos Frank La Rue, tiene la responsabilidad de formular y promover la política de derechos humanos del gobierno, representando al gobierno en casos de abusos de derechos humanos en el pasado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y negociando arreglos amistosos en aquellos casos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. COPREDEH desempeñó un papel protagónico en la coordinación de protección policíaca de varios activistas de los derechos humanos y de trabajo durante todo el año.
Sección 5 - Discriminación, Abusos Sociales y Tráfico de Personas
Mientras que la ley prohíbe la discriminación basada en raza, género, discapacidad, idioma o condición social, en la práctica con frecuencia el gobierno dejó de hacer cumplir estas disposiciones debido a recursos inadecuados, la corrupción y un sistema judicial disfuncional (ver secciones 1.c. y 1.e.).
Mujeres
La violencia contra la mujer, incluyendo la violencia doméstica, siguió siendo un problema común y grave. La ley prohíbe el abuso doméstico, pero no dispone condenas de prisión por abusos domésticos. Los fiscales observaron que la ley permite acusar a los abusadores con agresión únicamente si las contusiones son visibles por lo menos durante 10 días. La ley establece la emisión de órdenes inhibitorias contra los agresores, protección policíaca para las víctimas, y requiere que la PNC intervenga en situaciones violentas en el hogar. Sin embargo, en la práctica la PNC a menudo dejaba de responder a solicitudes de asistencia relacionadas con la violencia doméstica. Grupos femeninos observaron que pocos agentes de la policía estaban capacitados para tratar con la violencia doméstica o prestar asistencia a las víctimas.
El Programa para la Prevención y Erradicación de la Violencia Intrafamiliar, un programa del gobierno bajo la Secretaria de Obras Sociales de la Esposa del Presidente, informó haber recibido aproximadamente cuatro llamadas por día a través de su teléfono de emergencia de mujeres y niños golpeados. El Ministerio Público informó haber recibido más de 13,703 quejas de violencia familiar contra mujeres y niños hasta septiembre. Durante el año, el Ministerio Público logró la condena en 105 de los 3,906 casos que abrió durante al año.
Los jueces de paz emitieron 1,364 órdenes de inhibitoria contra agresores de violencia doméstica y protección para las víctimas. La investigación y prosecución plenas de casos de violencia doméstica y violaciones generalmente llevaban un año en promedio, y los fiscales observaron que la mitad de las víctimas de violencia doméstica que presentaron denuncias dejaron de seguir sus casos después de su visita inicial al Ministerio Público. La Red para la No Violencia contra la Mujer estimó que el 90 por ciento de los casos no eran denunciados. El Ministerio Público manejó 9,267 casos contra perpetradores de violencia doméstica, pero no había información sobre el número de investigaciones y condenas. Los abusadores fueron procesados, convictos o castigados en otras formas. Aunque la ley brinda protección a las víctimas de violencia doméstica, como albergue, durante el período de la investigación, en la práctica había insuficientes facilidades para este fin.
La Defensoría de la Mujer Indígena prestó servicios sociales a las víctimas de violencia doméstica o social, así como mediación, resolución de conflictos y servicios legales para mujeres indígenas. Esta oficina también promovió y coordinó la acción de instituciones del gobierno y ONGs para prevenir la violencia y la discriminación contra mujeres indígenas, pero no contaba con suficientes recursos humanos y capacidad logística para cumplir con sus funciones a nivel nacional. La oficina manejó 440 casos de enero a agosto y 3,159 casos desde 2002, incluyendo conflictos laborales y violencia doméstica.
Los delitos sexuales continuaban siendo un grave problema. La ley prohíbe la violación, incluyendo la violación conyugal, y establece penas de 6 a 50 años de prisión. Los fiscales de la Unidad Especial de Delitos contra la Mujer observaron que las denuncias de violaciones habían aumentado en 30 por ciento durante los últimos 4 años, aunque algunos observadores sugerían que los aumentos pudieran reflejar mejores registros de estadísticas penales. Hasta 2004, la ley establecía que un violador podía escapar de los cargos casándose con la víctima. Aunque la ley ya no permite esto, los procesos judiciales iniciados antes de cambiar la ley son juzgados de acuerdo con la ley antigua. Durante el año, no hubo casos en que esto ocurriera.
La policía tenía formación o capacidad mínima para investigar o asistir a las víctimas de delitos sexuales. El gobierno mantuvo una Unidad Especial de Delitos Sexuales en la PNC, una Oficina de Atención a Víctimas y un Fiscal Especial de Delitos contra la Mujer, Niños y Trata de Personas, pero ninguna de estas unidades mostró efectividad en el abordaje de la violencia sexual. La PNC en el Departamento de Guatemala informó haber abierto 420 casos contra ofensores sexuales y haber efectuado 76 capturas relacionadas con la violencia sexual. El Ministerio Público informó haber logrado un total de 80 condenas en toda la nación, de 1001 casos de violación y abuso sexuales de mujeres y menores que había recibido hasta septiembre. El Fondo de la Infancia de las Naciones Unidas (UNICEF) observó que las víctimas de violaciones a veces no denunciaban el hecho por falta de confianza en las prosecuciones y temor de represalias.
Entre enero y octubre, la Fiscalía informó haber recibido 749 casos de violación y agresión sexual en la capital. De estos, 84 casos fueron a juicio, resultando en 68 condenas con sentencias promedias de 6 a 20 años de prisión; 11 personas fueron absueltas; y 5 casos fueron arreglados fuera de los tribunales.
Durante el año, hubo un aumento significativo en el número de denuncias de desapariciones y asesinatos de mujeres. A fin de año, la PNC informó de 545 asesinatos de mujeres (entre los 665 casos abiertos de muertes sospechosas de mujeres) en comparación con 531 en el año 2004. Algunos cadáveres de las víctimas presentaban evidencia de tortura, agresión sexual y mutilación. Aunque la PNC señaló la violencia de pandillas, tráfico de narcóticos y abuso doméstico como causas probables de muchas de las muertes, las autoridades no pudieron identificar al perpetrador o los móviles en aproximadamente la mitad de los asesinatos. El asesinato de mujeres, como porcentaje del total de asesinatos, aumentó de 12 por ciento en 2004 a 12.5 por ciento durante el año. Debido a debilidades en todo el sistema judicial y en hacer cumplir la ley, incluyendo la asignación insuficiente de recursos de parte del gobierno a la fuerza de tarea de la PNC, las investigaciones policíacas de muertes de mujeres y de homicidios en general fueron inefectivas, resultando en la erosión de la confianza pública en estas instituciones de gobierno.
Aunque la prostitución es legal, el proxenetismo y el inducir a una persona a la prostitución son delitos que pueden resultar en multas o prisión, con penas mayores si hay menores de edad involucrados. La trata de mujeres y menores primordialmente con fines de prostitución es ilegal y fue un problema ampliamente reconocido (ver sección 5, Trata).
El acoso sexual no está tipificado como delito en el código penal, y durante al año no había estimaciones exactas de la incidencia de acoso sexual. Organizaciones de los derechos humanos, sin embargo, informaron que el acoso sexual fue generalizado, especialmente en las industrias en que la fuerza laboral es principalmente de mujeres, como en el sector maquila. Aunque la ley establece el principio de igualdad de géneros, en la práctica las mujeres enfrentaban discriminación en el trabajo y fue menos probable que ocuparan puestos administrativos. El Estudio sobre Ingresos y Gastos de 2002, el último disponible, mostró que las mujeres indígenas devengaban el 58 por ciento de lo devengado por un hombre indígena y que las mujeres no indígenas devengaban el 71 por ciento de lo que los hombres no indígenas devengaban. Las mujeres fueron empleadas en puestos de bajos salarios en las industrias textilera y de vestuario, agricultura, comercio al detalle, sector de servicio y el gobierno, y era más probable que estuvieran empleadas más que los hombres en el sector informal, en que la paga y las prestaciones son generalmente más bajas. Las mujeres pueden legalmente ser propietarias, administrar y heredar propiedades en base igual a los hombres, incluyendo en situaciones de divorcio.
La Secretaría de la Mujer asesoró al Presidente sobre la coordinación de políticas relacionadas con la mujer y su desarrollo, pero no emprendió acciones concretas durante el año para combatir la discriminación contra la mujer.
Niños
El gobierno dedicó insuficientes recursos para asegurar servicios adecuados de educación y salud para los niños.
Aunque la ley establece la educación obligatoria gratuita para todos los niños hasta el sexto año, menos de la mitad de la población había recibido una educación primaria. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en su Informe de Desarrollo Humano de 2002, estimó que el 40 por ciento de los niños que se matriculaban en la escuela primaria terminaban el tercer año y el 30 por ciento eran promovidos más allá del sexto grado. Las tasas de terminación fueron más bajas en las áreas rurales e indígenas. De acuerdo con el informe anual del Consejo de Población, el nivel educativo promedio logrado variaba ampliamente, basado en antecedentes y región geográfica: el niño no indígena promedio recibía 4.2 años de escolaridad. Los niños indígenas recibían un promedio de 1.3 años.
Los niños y las niñas tenían igual acceso a la atención médica. Las estadísticas de UNICEF informaron que el 67 por ciento de los niños indígenas sufrían de desnutrición crónica.
El abuso infantil siguió siendo un problema grave. El Ministerio Público informó de 798 casos de abuso infantil durante el año. La Secretaría Social para el Bienestar del Niño, que vela por el tratamiento del niño, capacitación, educación especial y programas de bienestar social, proporcionó abrigo y asistencia a niños víctimas de abusos, pero a veces colocaba a los niños bajo su cuidado en albergues con otros jóvenes con antecedentes criminales. Debido a la sobrecarga en el sistema público de bienestar, los juzgados de familia durante el año refirieron a 165 niñas a Casa Alianza, una ONG con enfoque en cuestiones relacionadas con niños de la calle; otras 123 ingresaron voluntariamente como resultados de barridas en las calles. La Fiscalía Especial de la Mujer incluía una unidad que investigaba únicamente casos de abuso infantil.
La prostitución infantil fue un problema (ver sección 5, Trata, y sección 6.c.).
El trabajo infantil fue un problema generalizado y grave. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), casi un cuarto de los niños tenía que trabajar para sobrevivir (ver sección 6.d.).
Estimaciones creíbles colocan el número de niños de la calle en cinco mil en toda la nación, aproximadamente tres mil de ellos en la capital. La mayoría de los niños de la calle huyó de sus hogares después de haber sido abusados. Casa Alianza informó que el creciente reclutamiento pandillero disminuyó el número de niños de la calle en la capital debido a que, al pertenecer a una pandilla, los niños de la calle a menudo vivían con miembros de las pandillas y ya no dormían en las calles. Casa Alianza informó que de enero a mediados de noviembre, 334 niños fueron muertos en la capital, en comparación con 173 en 2004. Los criminales a menudo reclutaban a los niños de la calle para robar, transportar contrabando, prostitución y actividades ilegales relacionadas con narcóticos. Aproximadamente 10 mil niños eran miembros de las pandillas callejeras. ONGs que tratan de pandillas y otros jóvenes reportaron preocupaciones por trato abusivo, incluyendo agresiones de parte de la policía en contra de jóvenes aprehendidos o en custodia (ver sección 1.d.).
El gobierno mantuvo un albergue para niños y otro albergue para niñas en la capital, proporcionando alojamiento para los sin techo. El gobierno dedicó insuficientes fondos a estos dos centros juveniles, y las autoridades gubernamentales a menudo preferían enviar a los jóvenes a albergues juveniles operados por Casa Alianza y otras ONGs. El gobierno no aportó financiamiento para cubrir los costos de estos albergues de las ONGs. Los ofensores juveniles eran encarcelados en instalaciones de detención para jóvenes separadas.
La Trata de Personas
Aunque la ley prohíbe la trata de personas, hubo reportes en el sentido de que personas eran llevadas desde y hacia el país, y también adentro del mismo. En febrero, el Congreso de la República promulgó una ley que convierte en delito todas formas de la trata, amplía la definición de personas responsables por la trata, y establece penas de prisión para los tratantes. El gobierno reconoció que la trata fue un problema significativo y creciente en el país.
En marzo, el Ministerio Público creó una Fiscalía Especial de Delitos contra Mujeres, Niños y Víctimas de la Trata. Durante el año, una fuerza de tarea, que incluía al Fiscal Especial, autoridades de migración, PNC y Casa Alianza, llevaron a cabo 12 redadas en bares. Aunque la fiscalía abrió 45 casos contra tratantes, para fines de año no había logrado ninguna condena, específicamente para la trata, pero había obtenido 6 condenas por el delito menor de proxenetismo. Ninguna de las personas detenidas recibió sentencia de prisión.
El país cooperó con México en un plan anual para atender a víctimas y regularizar la cooperación entre las respectivas agencias de gobierno. La cooperación incluía asegurar que la repatriación de víctimas fuera manejada separadamente de las deportaciones. El país tenía tratados de repatriación para víctimas menores de la trata con El Salvador, Nicaragua, Hondura, Costa Rica y Panamá.
El país fue país fuente, de tránsito y destino para sus propios nacionales y mujeres y niños de otros países tratadas con fines de explotación sexual y trabajo infantil. Un informe de ONG de 2004 identificó a 600-700 menores víctimas de la trata en centros de prostitución en todo el país. No había estimaciones confiables dela trata con fines de trabajo forzado, involucrando principalmente a niños usados como limosneros forzados en la Ciudad de Guatemala.
La trata fue problema particular en la capital y ciudades a lo largo de las fronteras con México y El Salvador. Los migrantes infantiles que no cruzaban las fronteras a México a menudo permanecían en el país y recurrían o eran forzados a la prostitución. Muchas mujeres y niños fueron traídas al país de El Salvador, Nicaragua y Honduras por redes organizadas que los forzaban a la prostitución. La población meta primaria para la explotación sexual era de niños y niñas o mujeres jóvenes de familias pobres. Los tratantes a menudo se acercaban a los individuos con promesas de recompensas económicas, trabajo en cafeterías o salones de belleza o empleo en otros países. Los medios de promoción incluían volantes, anuncios en los periódicos y recomendaciones verbales o personales.
Propietarios de burdeles a menudo eran responsables por transportar y emplear a víctimas de la trata. Los tratantes a menudo tenían vínculos con el crimen organizado, incluyendo el tráfico de drogas y el contrabando de migrantes.
Hubo reportes creíbles de que la policía y agentes del servicio de migración eran cómplices de la trata de personas. En un estudio de 2002, el más reciente disponible, la ONG Eliminación de la Prostitución, Pornografía, Tráfico Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes (ECPAT) informó que algunas víctimas menores reportaron que los oficiales de migración aceptaban sobornos de los tratantes, daban a las víctimas documentos falsos de identificación y permitían que cruzaran las fronteras. Hubo reportes creíbles de que propietarios de burdeles permitían que agentes de policía y oficiales de migración tuvieran relaciones sexuales con las víctimas menores sin cobrar. No hubo desarrollos en la investigación del ex agente de la PNC Rudy Girón Lima, presunto propietario de tres bares en que personas menores se dedicaban a la prostitución. En mayo de 2004, un tribunal condenó a Girón Lima a 63 años de prisión por cargos de secuestro no relacionados (ver sección 1.b.).
La Secretaría de Bienestar Social, una institución gubernamental, operó dos albergues, uno en la capital y otro en la ciudad de Quetzaltenango, para abrigar a víctimas de la trata y ofreció asistencia social individualizada, capacitación para el trabajo y consejería.
Los funcionarios de migración generalmente deportaban a las víctimas adultas de la trata, pero sin tratarlas como criminales. De febrero a diciembre, los funcionarios de migración deportaron a Honduras, Nicaragua y El Salvador a 96 mujeres encontradas durante redadas de bares. Las víctimas no eran procesadas y no se les requería testificar en casos contra los traficantes.
Durante el año, el gobierno emprendió esfuerzos significativos para abordar el problema del tráfico de personas, incluyendo la creciente atención al rescate de menores de la explotación sexual comercial en bares, burdeles y otros establecimientos. El gobierno depositaba a las víctimas menores de la trata rescatadas en las redadas a bares en custodia de Casa Alianza, que proporcionaba abrigo, tratamiento médico, consejería psicológica y capacitación para el trabajo. Otras ONGs prestaban servicios parecidos y, juntamente con Casa Alianza, cabildeaban por legislación, protección de las víctimas y prevención del tráfico.
Personas con Discapacidades
La ley no contiene ninguna prohibición especial contra la discriminación basada en la discapacidad física en el empleo, educación, acceso a los servicios de salud, o la prestación de otros servicios estatales. La ley, sin embargo, obliga al acceso igual a las instalaciones públicas, y establece algunas otras protecciones legales, como oportunidades iguales de contratación. En muchos casos, las personas con discapacidades físicas y mentales no gozaron de estos derechos, y el gobierno dedicó pocos recursos a combatir este problema. Un informe del 2004 del International Disability Rights Monitor, el último disponible, observó que el gobierno discriminaba contra personas con discapacidades al no brindarles la protección adecuada.
Había pocos recursos educativos para aquellos con necesidades especiales, y la mayoría de las universidades no eran accesibles a personas con discapacidades. El Hospital Nacional de Salud Mental, el principal proveedor de cuidados de salud para personas con enfermedades mentales, no contaba con suministros básicos, condiciones de vida higiénicas y número adecuado de personal profesional. Aunque el Consejo Nacional para Discapacitados, integrado por representantes de ministerios y agencias relevantes del gobierno, se reunió regularmente a fin de discutir iniciativas, el gobierno no dedicó algún recurso para la implementación de las recomendaciones del consejo.
Pueblo Indígena
El pueblo indígena, de 22 grupos étnicos, constituía el 43 por ciento, estimado, de la población. Además de las muchas comunidades Mayas, existen Garifunas, descendientes de esclavos africanos traídos a la región del Caribe que se enlazaron con amerindias, y la comunidad indígena Xinca. La ley establece derechos iguales para las personas de origen indígena y obliga al gobierno a reconocer, respetar y promover sus estilos de vida, costumbres, tradiciones, organización social y forma de vestir. Aunque algunas personas indígenas alcanzaron elevadas posiciones como jueces y funcionarios de gobierno, generalmente se encuentran subrepresentadas en la política y en gran parte permanecían fuera de la corriente política, económica, social y cultural del país, debido a limitadas oportunidades de educación, pobreza y discriminación generalizada.
Un estudio del Banco Mundial, del 2004, el último disponible, encontró que el 76 por ciento de la población indígena vivía en la pobreza, en comparación con 41 por ciento de la población no indígena.
Los indígenas rurales tenían oportunidades educativas limitadas y menos oportunidades de empleo. Muchos de los indígenas eran analfabetas, y aproximadamente el 33 por ciento no hablaba español. Más del 50 por ciento de las mujeres indígenas eran analfabetas, y un número desproporcionado de niñas indígenas no asistían a la escuela (ver sección 5, Mujeres y niños). De acuerdo con el último informe disponible del Ministerio de Educación, 273,628 niños de edad preescolar y de párvulos estaban matriculados en programas de educación bilingüe durante 2004. El gobierno dedicó menos del 10 por ciento del presupuesto total a la educación bilingüe. Durante el año, el Consejo de Población informó que personas indígenas completaban 1.3 años de escuela, en promedio, en comparación con 4. 2 años para personas no indígenas.
El Departamento del Pueblo Indígena del Ministerio de Trabajo, cuya tarea es la de investigar casos de discriminación, representar los derechos de los indígenas y promover la implementación de la Convención 169 de la OIT sobre los derechos de los pueblos indígenas, asesoró a las personas indígenas sobre sus derechos. Durante el año, sin embargo, el departamento no tenía presupuesto propio, únicamente cuatro empleados, y no contaba con los recursos para investigar denuncias de discriminación.
Intérpretes de tribunal, requeridos por ley en procesos penales, a menudo no estaban disponibles, colocando así a personas indígenas arrestados por delitos en desventaja debido a su limitada comprensión del español (ver sección 1.e.). Había 6 jueces que hablaban idiomas maya entre los 561 tribunales del país. Había 62 intérpretes de tribunal, y la Corte Suprema de Justicia informó que el sistema judicial tenía 689 personas que hablaban idiomas indígenas. En muchos casos, personal judicial bilingüe continuaban siendo afectados en áreas en que su segundo idioma no era hablado. A la Oficina de Defensa Indígena de la Defensoría Pública, que coordinaba la interpretación y la asistencia legal en idiomas indígenas, se le terminaron los fondos el 1 de julio. La institución continuó trabajando con personal mínimo mientras que buscaba apoyo presupuestario del gobierno, pero el gobierno no emprendió más esfuerzos respecto de la interpretación o la asistencia legal, y la futura existencia de esta oficina estaba en duda a fin de año.
Otros Abusos Sociales y Discriminación
La ley no tipifica el homosexualismo como delito, pero tampoco expresamente incluye la orientación sexual o condición de portador de VIH entre las categorías prohibidas de discriminación. Hubo discriminación social contra homosexuales hombres y mujeres y transvestí y personas con VIH/SIDA. Grupos de apoyo a los derechos de los homosexuales afirmaron que agentes de la policía esperaban fuera de los clubes y bares frecuentados por minorías sexuales y exigían que los clientes y personas dedicadas al comercio sexual pagaran dinero de protección. Estos grupos también se quejaban de que la policía a veces violaba a las lesbianas y transvestís, pero que, debido a la falta de confianza en el sistema judicial y por temer a más persecución o recriminación social, las víctimas no estaban dispuestas a presentar denuncias.
El 17 de diciembre, el transvestí Juan Pablo Méndez Cartagena fue muerto a balazos y el transvestí Kelvin Josué Alegría Robles fue gravemente lesionado en la Ciudad de Guatemala por personas que llevaban uniformes de policía, según las declaraciones de miembros del grupo de apoyo a los derechos de los homosexuales OASIS. A fin de año, este asunto estaba bajo investigación de las autoridades de la policía.
Sección 6 - Derechos Laborales
a. Derecho de Asociación
Mientras que la ley establece la libertad de asociación y el derecho de formar y unirse a sindicatos, en la práctica su cumplimiento siguió siendo débil e inefectivo. Con excepción de miembros de las fuerzas de seguridad, todos los trabajadores tienen el derecho de formar y pertenecer a sindicatos, pero menos del 3 por ciento del sector formal de la fuerza laboral estaba sindicalizada.
El reconocimiento legal de un nuevo sindicato de una industria en general requiere que la membresía constituya el 50 por ciento más uno de los trabajadores de esa industria. En su informe anual, el Comité de Expertos de la OIT identificó este requisito entre “restricciones a la formación de organizaciones en plena libertad”, y los activistas de los derechos laborales consideraban este número como barrera casi insuperable a la formación de nuevos sindicatos de una industria en general.
Era débil el cumplimiento de las prohibiciones legales sobre la retribución por formar sindicatos y por participar en actividades sindicales. Para ocupar cargo en un sindicato, la ley requiere que sea ciudadano del país y activamente empleado por la empresa o actividad económica. El Comité de Expertos de la OIT veía esto como restricción “del derecho de elegir a los dirigentes sindicales en plena libertad”. Muchos patronos rutinariamente buscaban circunvenir las disposiciones legales para la organización de sindicatos, resistiendo a los intentos de formación de sindicatos o haciendo caso omiso de órdenes judiciales de cumplimiento. Un sistema legal inefectivo y penas inadecuadas para las violaciones continuaban minando el cumplimiento del derecho a formar sindicatos y participar en actividades sindicales.
Hubo reportes creíbles de represalias de patronos contra trabajadores que intentaron ejercer derechos laborales internacionalmente reconocidos. Para fin de año, no había nuevos desarrollos acerca del estatus de un caso en 2004 de 20 trabajadores despedidos por la Secretaría de Bienestar Social mientras que intentaban formar un sindicato del sector público, a pesar de una orden judicial ordenando que fueran reinstalados.
Algunos trabajadores que sufrieron despidos llevaron sus casos a los juzgados de trabajo y ganaron órdenes de reinstalación. La ley requiere que los patronos reinstalen a los trabajadores despedidos ilegalmente por actividades de organización de sindicatos. En la práctica, los patronos a menudo dejaron de cumplir con las órdenes de reinstalación. Las apelaciones presentadas por los patronos, juntamente con recursos legales como constituirse como nueva entidad, a menudo prolongaba el proceso de reinstalación. Las Cortes Laborales raramente desestimaban recursos frívolos y no operaban de forma oportuna ni aseguraban el cumplimiento de sus decisiones. De acuerdo con funcionarios del Ministerio de Trabajo, los patronos rara vez eran disciplinados por hacer caso omiso de órdenes judiciales legalmente vinculantes.
El informe anual del Comité de Expertos de la OIT observó “problemas relacionados con fallas en la función de la justicia y particularmente la lentitud de procedimientos y el no cumplir con órdenes judiciales relacionadas con actos de discriminación antisindical”.
Dirigentes sindicales reportaron haber recibido amenazas de muerte y otros actos de intimidación. Una Fiscalía de Delitos contra Sindicalistas y Periodistas, compuesta de tres fiscales, aceptó 42 casos nuevos relacionados con el sindicalismo durante el año, elevando así su carga de casos a más de 370 (ver sección 4). Durante el año, los fiscales no lograron ninguna condena por delitos contra sindicalistas y a menudo afirmaban que tenían únicamente pruebas mínimas para procesar dichos casos.
Durante el año, el Ministerio de Trabajo concedió estatus legal a 42 sindicatos nuevos. Aunque había 1,698 sindicatos legalmente inscritos, menos de 400 parecían estar activos, con base en los registros administrativos.
Un activo movimiento solidarista afirmó tener aproximadamente 170,000 miembros; sus activistas afirmaron que estas asociaciones operaban en unas 400 empresas. Los sindicatos pueden operar legalmente en lugares de trabajo que tengan asociaciones solidaristas, y los trabajadores tienen derecho de elegir entre pertenecer a uno o los dos. El gobierno caracterizó a estas asociaciones como organizaciones cívicas que no necesariamente interfieren con la operación de los sindicatos. Aunque los sindicatos tienen derecho exclusivo de negociar las condiciones de trabajo en representación de los trabajadores, los sindicatos afirmaban que la administración promovía a las asociaciones solidaristas para evitar la formación de sindicatos o para competir con los sindicatos existentes. Representantes de la mayoría de grupos laborales organizados criticaban a estas asociaciones por no poder declararse en huelga, por tener procedimientos de queja inadecuados, y por desplazar a los sindicatos genuinos e independientes con una estructura dominada por los empleadores.
b. Derecho a Organizarse y Negociar Colectivamente
La ley permite que los sindicatos realicen sus actividades sin interferencia, y el gobierno generalmente se esforzó por proteger este derecho en la práctica. La ley requiere que los miembros de los sindicatos aprueben los pactos colectivos por mayoría simple. Aunque los trabajadores tenían el derecho de organizarse y negociar colectivamente, el pequeño número de trabajadores sindicalizados limitaba la práctica de organizarse y negociar. En su informe anual, el Comité de Expertos de la OIT pidió al gobierno “tomar medidas para promover la negociación colectiva en el país y asegurar que se dé efecto en la práctica a pactos colectivos ya concluidos”.
En una fábrica o empresa, el 25 por ciento de los trabajadores tiene que ser miembros del sindicato para que la negociación colectiva tenga lugar. La mayoría de los trabajadores, incluyendo a aquellos organizados en sindicatos, no tenían contratos colectivos que documentaran sus salarios y condiciones de trabajo y tampoco tenían los contratos individuales que la ley requiere.
Según el Ministerio de Trabajo, había 65 pactos colectivos (cubriendo a más de 15,000 trabajadores sindicalizados y muchos miles de trabajadores no sindicalizados), principalmente en el sector público.
Los trabajadores tienen el derecho de declararse en huelga, pero debido al muy bajo nivel de sindicalización y obstáculos de procedimiento, no hubo huelgas legales durante el año. La ley requiere la aprobación por simple mayoría de los trabajadores de una empresa para convocar a una huelga legal, y requiere que un juzgado de trabajo considere si los trabajadores se están conduciendo pacíficamente y han agotado la mediación disponible, antes de fallar sobre la legalidad de una huelga. El gobierno no reconoció huelgas legales durante el año, aunque maestros, trabajadores agrícolas, controladores del tráfico aéreo y otros grupos laborales declararon paros ilegales o no oficiales.
La ley faculta al Presidente y a su gabinete a suspender cualquier huelga considerada “gravemente perjudicial a las actividades esenciales y servicios públicos del país”, una autoridad del cual el gobierno no hizo uso durante el año.
Los trabajadores de los sectores de servicios esenciales y servicios públicos pueden someter sus quejas a mediación o arbitraje a través de la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y también directamente a los juzgados de trabajo. Los patronos podrán suspender o despedir a los trabajadores por ausencia sin permiso si las autoridades no han reconocido una huelga legal. La ley establece el arbitraje obligatorio si no se llega a un acuerdo después de 30 días de negociaciones. La ley prohíbe represalias de parte del patrono contra trabajadores en huelga legal. No hubo huelgas declaradas legales durante el año.
Las leyes y reglamentos laborales son aplicables en todo el país, incluyendo las 12 zonas activas de procesamiento para la exportación (Zona Franca) y dentro de las maquiladoras, que operaban bajo un régimen parecido a las de las Zonas Francas, aunque sin estar localizadas en áreas distintamente establecidas. Para fines de año, el número de trabajadores en el sector maquila disminuyó a aproximadamente 80 mil, debido a la competencia de productores de vestuario en los países asiáticos.
No había leyes especiales o exenciones de las leyes laborales regulares en las Zonas Francas. Debido a la desconfianza de parte de los trabajadores de los empleadores y organizadores sindicales, los sindicatos tuvieron éxito mínimo en organizar a los trabajadores en las Zonas Francas y en el sector de maquila. Mientras que tres empresas en el sector maquila tenían sindicatos inscritos, una de estas empresas se declaró en bancarrota el 10 de junio y cerró. Las dos maquiladoras sindicalizadas restantes tenían pactos colectivos legalmente reconocidos. En diciembre, organizadores sindicales en otra empresa llegaron a un acuerdo con la administración para establecer un sindicato. A fin de año, estaba pendiente el reconocimiento del Ministerio de Trabajo. Los dirigentes y activistas sindicales aseveraron que las intimidaciones y presiones de los empleadores obstaculizaban las actividades organizativas.
c. Prohibición de Trabajo Forzado u Obligatorio
Mientras que la ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio, incluyendo de niños, mujeres y un número cada vez mayor de menores que fueron tratados con fines de explotación sexual (ver sección 5). Hubo denuncias en el sentido de que los patronos a veces obligaban a los trabajadores a trabajar horas extraordinarias, a menudo sin la prima a la que obliga la ley (ver sección 6.e.).
d. Prohibición del Trabajo Infantil y Edad Mínima para el Empleo
Aunque la ley prohíbe el empleo de menores de 14 años sin el permiso escrito de los padres o el Ministerio de Trabajo, el trabajo infantil fue un problema generalizado. La ley prohíbe que menores trabajen en establecimientos en que se sirven bebidas alcohólicas, que trabajen en condiciones poco sanitarias o peligrosas, y que trabajen de noche u horas extraordinarias (la jornada legal para personas menores de 14 años es de 6 horas, y para personas de 14 a 17 años, 7 horas). A pesar de estas protecciones, los trabajadores infantiles trabajaron en promedio en exceso de 45 horas por semana.
Los sectores informal y agrícola regularmente empleaban a niños por debajo de los 14 años, usualmente en pequeñas empresas familiares. La necesidad económica obligaba a muchas familias a hacer trabajar a sus hijos para suplementar los ingresos familiares, particularmente en comunidades rurales e indígenas.
Las leyes que rigen el empleo de menores no fueron hechas cumplir efectivamente. La gran mayoría de incidentes de casos de trabajo infantil ocurrió en el sector informal. La situación era exacerbada por la debilidad de los sistemas de inspección de trabajo y juzgados de trabajo, y debido a que la ley establece que el consentimiento parental es en sí suficiente para permitir que niños trabajen.
El Programa Internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT continuaba operando programas en el país para hacer frente a la explotación sexual comercial de niños, trabajo infantil en la agricultura comercial, trabajo infantil en basureros y trabajo infantil en canteras. Un proyecto del IPEC para abordar el problema del trabajo infantil en la producción de pirotécnicos cerró en agosto. El Ministerio de Trabajo estimó que aproximadamente 3,000 niños estaban empleados en la ilegal y peligrosa producción artesanal de pirotécnicos. En su informe anual, el Comité de Expertos de la OIT pidió al gobierno adoptar las medidas necesarias para garantizar que ninguna persona menor de 18 años fuera empleada en la peligrosa industria de pirotécnicos. El Comité de Expertos de la OIT también observó que, con respecto a las peores formas de trabajo infantil, en relación con la explotación sexual de niños en el país, la legislación era inadecuada, casos de niños sexualmente explotados a menudo no eran investigados y procesados, y no había programas de rehabilitación efectivos disponibles (ver sección 5).
La Unidad de Protección del Niño Trabajador dentro del Ministerio de Trabajo está encargada con hacer cumplir las restricciones al trabajo infantil y educar a los menores, sus padres y empleadores respecto de los derechos del menor en el mercado del trabajo.
El gobierno dedicó recursos insuficientes a programas de prevención, pero la administración municipal manejó varios programas que ofrecían becas y comidas gratis durante el año para estimular a las familias a mandar a la escuela niños que anteriormente trabajaban en las industrias del brócoli, café, grava y pirotécnicos
e. Condiciones Aceptables de Trabajo
La ley fija salarios mínimos nacionales para trabajadores agrícolas y no agrícolas. En diciembre, el Presidente Berger acordó un aumento de 10% en el salario mínimo legal después de que la Comisión Nacional de Salarios se viera imposibilitada de llegar a un consenso. El nuevo salario mínimo diario fue de $5.66 (Q.42.46) en la agricultura y de $5.82 (Q.43.64) para el trabajo no agrícola. Además del aumento del salario base mínimo, el presidente también aumentó el bono de incentivo mensual obligatorio para empleados asalariados, de $14.66 (Q.110) a $33.33 (Q.250), efectivamente elevando el salario mínimo a $7.17 (Q.53.80) por día para el trabajo agrícola y $7.33 (Q.55) para el trabajo no agrícola.
El salario mínima no brindó un nivel decente de vida para un trabajador y su familia. El Instituto Nacional Guatemalteco de Estadísticas calculó que el presupuesto alimentario mínimo para una familia de 4 fue de $202 (Q.1,515) por mes, significativamente superior a los $161 (Q.1,210) por mes que podían ser devengados a la tasa no agrícola del salario mínimo. La estimación del Instituto de las necesidades totales de una familia, incluyendo vivienda, ropa, servicios públicos y atención a la salud, era de $369 (Q.2,765). Representantes laborales observaron que aun cuando ambos padres trabajaban, el salario mínimo no permitía que la familia satisficiera sus necesidades básicas.
El incumplimiento con las disposiciones relativas al salario mínimo en el sector informal fue generalizado. El Ministro de Trabajo realizó inspecciones para monitorear el cumplimiento con las disposiciones del salario mínimo, pero el gobierno asigno recursos inadecuados para permitir a los inspectores hacer cumplir la ley del salario mínimo adecuadamente, especialmente en el sector informal bastante grande. Grupos de abogacía enfocados en cuestiones rurales estimaron que más de la mitad de los jornaleros no recibía los salarios, prestaciones y asignaciones del seguro social requeridos por ley.
Un estudio del Centro Nacional de Investigación Económica, llevado a cabo en 2004 y de nuevo en el año actual, informó que el 75 por ciento de la fuerza laboral operaba en el sector informal, y por lo tanto fuera de las protecciones básicas, incluyendo salario mínimo, provistas por la ley.
La semana laboral legal es de 48 horas, con por lo menos un día de descanso de 24 horas pagado, aunque en ciertos sectores económicos los trabajadores continuaban operando bajo una tradición de horas más largas. Los límites diarios y semanales de trabajo no eran aplicables a las trabajadoras domésticas. El pago de tiempo y medio era requerido para trabajo de horas extraordinarias. Aunque la ley prohíbe horas extraordinarias excesivas obligatorias, dirigentes sindicalistas y grupos de derechos humanos denunciaron que los patronos a veces obligaban a los trabajadores a trabajar horas extraordinarias sin la prima que manda la ley. Inspectores de trabajo reportaron descubrir numerosos casos de abuso del trabajo extraordinario, pero el cumplimiento efectivo estaba obstaculizado debido a multas inadecuadas e ineficiencias en los juzgados de trabajo.
En marzo, los juzgados de trabajo reasumieron la responsabilidad por sancionar a los patronos encontrados violando leyes laborales. Esta responsabilidad había sido retirada de los inspectores de trabajo por una decisión de la Corte de Constitucionalidad en 2004. Durante el año, los juzgados de trabajo recibieron 1,187 casos de la Inspección de Trabajo, pero resolvieron únicamente 138.
El gobierno establece normas de salud ocupacional y seguridad, que eran inadecuadas y mal cumplidas. Cuando ocurrían accidentes industriales graves o fatales, las autoridades a menudo dejaban de investigar plenamente o deducir responsabilidades por negligencia. Los empleadores rara vez fueron sancionados por dejar de brindar un lugar de trabajo seguro. La legislación que requiere que empresas con más de 50 empleados brinden facilidades médicas en el sitio para sus trabajadores no era cumplida. Los trabajadores tienen el derecho legal de retirarse de situación peligrosas de trabajo sin represalia alguna; sin embargo, pocos trabajadores estaban dispuestos a poner su empleo en peligro por quejarse de condiciones inseguras de trabajo.