Derechos Humanos
INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS – 2007
Publicado por la Oficina Pro Democracia, Derechos Humanos y Trabajo GUATEMALA
11 de marzo de 2008 Guatemala es una república democrática, multipartidaria, con una población de aproximadamente 13 millones de habitantes. El 4 de noviembre fue electo Álvaro Colom de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), para un período presidencial de cuatro años a partir de enero de 2008, en elecciones que generalmente fueron consideradas libres y justas por observadores internacionales. Aunque en general las autoridades civiles mantuvieron el control de las fuerzas de seguridad, hubo incidentes en los que miembros de las fuerzas de seguridad cometieron actos ilegales, incluyendo abusos de los derechos humanos.
A pesar de que el gobierno en general respetó los derechos humanos de sus ciudadanos, permanecieron problemas serios. Los problemas de derechos humanos y de la sociedad incluyeron el descuido del gobierno de investigar y castigar las ejecuciones ilícitas cometieron por miembros de las fuerzas de seguridad; amplia violencia social, incluyendo muchos asesinatos; corrupción y substanciales deficiencias en los sectores de la policía y judicial; envolvimiento de la policía en secuestros; impunidad en relación con las actividades delictivas; condiciones carcelarias duras y peligrosas; arrestos y detenciones arbitrarios; el descuido del sistema judicial de asegurar investigaciones completas y oportunas y juicios justos; el descuido de proteger a los funcionarios del sector judicial, a los testigos y a los representantes de la sociedad civil de la intimidación; amenazas e intimidación contra los periodistas; la discriminación y violencia contra las mujeres; la trata de personas; la discriminación contra las comunidades indígenas; discriminación y violencia contra los homosexuales, los travestis y las personas transgenéro; y el ineficaz aplicación de las leyes laborales, incluyendo las provisiones relativas al trabajo infantil.
RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS
Sección 1 - Respeto por la Integridad de la Persona, Incluyendo Libertad de:
a. Privación Arbitraria o Ilícita de la Vida
Aunque no hubo informes de que el gobierno o sus agentes cometieron asesinatos con motivación política, miembros de la fuerza policíaca cometieron algunas ejecuciones ilícitas. La corrupción, la intimidación y la ineficacia en la policía y otras instituciones prevenieron la investigación adecuada de muchas de estas ejecuciones, asi como el arresto y la persecución exitosa de los hechores.
Hasta agosto, la Policía Nacional Civil (PNC) y su Oficina de Responsabilidad Profesional (ORP) informaron que han investigado 29 acusaciones de asesinatos en los que se ha visto involucrado personal de la PNC. Las investigaciones determinaron que el personal de la PNC fue responsable de las muertes en 16 casos. La ORP determinó que la PNC no tuvo responsabilidad alguna en tres casos y 10 casos permanecieron bajo investigación.
El 19 de febrero, tres miembros del Parlamento Centroamericano (PARLACEN) y su chofer fueron secuestrados, baleados e incinerados en un vehículo. Cuatro miembros de la División de Investigación Criminal (DINC) de la PNC fueron arrestados como sospechosos y encarcelados en el Boquerón, la prisión de máxima seguridad. El 25 de febrero, los cuatro sospechosos de la DINC fueron apuñalados y sufrieron heridas mortales de bala dentro de la prisión.
El 18 de octubre, en respuesta a una petición del Ministerio Público, un juez de Santa Rosa rechazó por falta de evidencia el caso contra 16 guardias de la prisión acusados de facilitar los asesinatos del Boquerón el 25 de febrero. Al final del año, el Director y el Asistente del Director del Boquerón, así como 13 prisioneros, supuestos miembros de maras, permanecieron en custodia en conexión con estos asesinatos. Varios agentes de policía con supuestos nexos con el narcotráfico en Jutiapa fueron arrestados en conexión con los asesinatos del PARLACEN. Aunque el Ministerio Público implicó al congresista Manuel Castillo en los asesinatos, Castillo fue electo alcalde de Jutiapa en septiembre. Al final del año, los tribunales le despojaron de su inmunidad como alcalde electo así como de su inmunidad parlamentaria. El Tribunal Décimo emitió una orden de arresto contra Castillo, pero permanecía prófugo.
El 14 de marzo, el Ministerio Público hizo cargos contra a 10 agentes de la PNC en relación con la supuesta ejecución extrajudicial de Antonio de León López en Huehuetenango durante un operativo antinarcótico realizado el 26 de enero. La PNC arrestó a nueve de los agentes, que al final del año permanecieron en custodia. El décimo agente permanecía prófugo.
El 25 de septiembre, los agentes de la PNC Wilson Tobar Valenzuela y Sabino Ramos Ramírez, quienes actuaban como guardaespaldas del Director General de la PNC Julio Hernández Cháves, fueron arrestados y detenidos por las supuestas ejecuciones ilícitas el 21 de septiembre de cinco hombres en la ciudad de Guatemala. Los agentes de la policía llegaron a la escena del crimen en un vehículo de la policía y según un informe arrestaron a las cinco víctimas, supuestos miembros de maras. Cuatro de ellos tenían antecedentes policíacos. Más adelante se encontraron sus cuerpos con disparos en la cabeza en un terreno baldío. El 26 de septiembre, la Ministra de Gobernación, Adela de Torrebiarte, solicitó la renuncia del Director General de la PNC, Julio Hernández, por la supuesta envolvimiento de su personal en los asesinatos. Hernández renunció el mismo día.
En septiembre, el Ministerio Público informó que no se habían formulado cargos, y que se había cerrado el caso contra el inspector de policía Marvin Wilfredo Méndez Mayorga por la supuesta ejecución ilícita en 2006 de dos jóvenes en Villa Nueva, un suburbio de la ciudad de Guatemala. No hubo nuevos avances en la investigación de los tiroteos realizados en junio de 2006, de los que uno fue mortal, contra cinco travestis en la ciudad de Guatemala. Tampoco hubo avances, y no se esperaba ninguno, sobre el asesinato en 2005 de un travesti y la herida de otro, supuestamente por personas vestidas como agentes de la policía.
No hubo nuevos avances con respecto al intento de linchamiento en Escuintla, en 2005, de cuatro agentes de la policía que se encontraban de descanso, quienes supuestamente asesinaron a Cristian Oswaldo Rodríguez Álvarez.
No hubo nuevos avances con respecto a la búsqueda del fugitivo Coronel Juan Valencia Osorio, cuya condena de 25 años en prisión por organizar el asesinato de la antropóloga Myrna Mack Chang en 1990 fue restablecida por la Corte Suprema de Justicia en 2004. Al final del año, Valencia llevaba casi cuatro años de ser fugitivo.
El 12 de diciembre, la Corte de Constitucionalidad dictaminó que España no tuvo jurisdicción sobre crímenes cometidos en Guatemala y negó la extradición de los ex jefes de Estado Efraín Ríos Montt y Oscar Humberto Mejía Víctores, así como también de Ángel Aníbal Guevara Rodríguez, Germán Chupina Barahona, Pedro García Arredondo, Benedicto Lucas García, Donaldo Álvarez y Fernando Lucas García, por genocidio, terrorismo y detención ilegal durante el conflicto interno armado que tuvo lugar entre 1960 y 1996. Guevara y Chupina, los únicos acusados nombrados detenidos por las autoridades de conformidad con la orden de arresto de julio de 2006 emitida por España, fueron liberados de prisión el 23 de diciembre.
No hubo nuevos avances, y no se esperaba ninguno con respecto a la investigación del Ministerio Público del asesinato de 2005 de Harold Gallardo, asesor jurídico de la organización no gubernamental (ONG) Casa Alianza.
La violencia social fue desenfrenada. Los actores no estatales, con vínculos al crimen organizado, narcotráfico, las maras, las empresas de seguridad privada y los llamados grupos supuestos “clandestinos” o de “limpieza social” cometieron cientos de asesinatos y otros actos ilícitos. La ONG llamada Unidad de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos (UPDDH) informó que de enero a octubre hubo 178 amenazas y otros actos de intimidación contra defensores de los derechos humanos, en comparación con 247 durante el mismo período en 2006. Los informes también siguieron que ex miembros o miembros actuales de la policía estuvieron involucrados en algunos de los ataques y en otros abusos.
Hubo informes creíbles de que tres grupos clandestinos de “limpieza social” operaban en el pueblo Maya Kakchiquel de Santiago Atitlán. Los líderes de la sociedad civil y la prensa informaron que los grupos habían asesinado a por lo menos 30 personas durante el año y que la policía local realizó pocas acciones para detener los asesinatos. Hubo alegatos de que ex soldados y guerrilleros y algunos funcionarios del gobierno local estuvieron involucrados en estos grupos. Se informó que algunos miembros fueron arrestados y detenidos por extorsión, pero fueron liberados bajo fianza.
En el período que precedió a las elecciones nacionales de noviembre hubo más de 50 asesinatos de candidatos municipales y activistas políticos, incluyendo algunos asesinatos que supuestamente tenían motivaciones políticas.
Siguieron ocurriendo toda clase de asesinatos, incluyendo los con evidencia de asalto sexual, tortura y la mutilación de mujeres. La ONG Grupo Guatemalteco de Mujeres informó que de enero a octubre fueron asesinadas 341 mujeres. La ONG Grupo de Apoyo Mutuo (GAM) informó que el número total de asesinatos de hombres y mujeres de enero a junio fue de 2,452, un poco más bajo que los 2,616 reportados para el mismo período en 2006. Al final del año, la PNC informó de un total de 5,781 asesinatos, incluidos 559 asesinatos de mujeres en 2006, en comparación con 5,885 asesinatos en total, incluidos los de 603 mujeres en 2006. El GAM informó que de enero a octubre hubo 64 asesinatos de niños en toda la nación.
El GAM también informó que hubo 39 intentos de linchamientos en la primera mitad del año. Muchos observadores atribuyeron los linchamientos a la continua frustración del público con el descuido de las autoridades judiciales y las encargadas de la aplicación de la ley de garantizar la seguridad. Entre las víctimas hubo funcionarios públicos o oficiales de la policía que habían realizado acciones impopulares en la aplicación de la ley o que no la habían aplicado. También hubo informes de linchamientos comunitarios de personas sospechosas de secuestrar o intentar secuestrar a niños con fines de venderlos para adopción.
El 14 de junio, Alba Mishel España Díaz, de 9 años, desapareció de su pueblo, Camotán, Chiquimula, y fue hallada muerta al día siguiente. El 15 de junio, la turba linchó a una mujer sospechosa de haber secuestrado a la niña. Dos días después, los habitantes de la vecina Jocotán intentaron linchar a dos mujeres sospechosas de haber secuestrado a otro niño y quemaron las patrullas de los oficiales de policía que intervinieron para prevenir los linchamientos. Los agentes de la PNC se vieron temporalmente forzados a retirarse de ambos pueblos. El Ministerio Público estaba investigando estos casos al final del año.
b. Desapariciones
Aunque no hubo informes de desapariciones por motivos políticos, hubo informes sobre envolvimiento de la policía en secuestros con el fin de obtener rescate. La ORP informó que entre enero y agosto hubo tres quejas de secuestros por personal de la PNC.
El 20 de enero desapareció Marcos de Jesús García Sarmiento, guardia de seguridad del edificio donde se creía que se ocultaba el fugitivo Gustavo Herrera. Los medios informaron que los funcionarios del DINC supuestamente trataron de intimidar a García para que les diera información sobre Herrera, quien malversó $46.6 millones (350 millones de quetzales) en 2003.
Se informó que el 19 de febrero, cuatro hombres armados vestidos con uniformes negros como los de la PNC secuestraron a Marco Tulio Moreno Ramírez durante una emboscada del auto de Moreno. El Ministerio Público sostuvo que Moreno no fue secuestrado y que los registros de migración indicaron que salió del país hacia El Salvador el 27 de febrero. Al final del año, el Ministerio Público seguía investigando el caso.
No hubo nuevos avances sobre la decisión de junio de 2006 del Tribunal Primero de Apelaciones de revertir la condenas de 2005 por secuestro y ordenar un nuevo juicio para el ex comisionado de policía Rudy Girón, el ex oficial de la PNC Marvin Utrilla Marín y cuatro personas más. Girón y Utrilla Marín permanecieron en prisión.
c. Tortura y Otro Tratamiento o Castigo Cruel, Inhumano o Degradante
Aunque la Constitución y la ley prohíben esas prácticas, hubo informes creíbles de tortura, abuso y otros malos tratos cometidos por miembros de la PNC. Las quejas tipicalmente se relacionaron con el uso de fuerza excesiva durante los operativos de policía y la detención arbitraria de personas de las que se sospecha que son miembros de maras y otras personas.
En junio, el Tribunal del Distrito de Sololá liberó y retiró los cargos contra siete hombres arrestados en enero de 2006 por extorsión y secuestro en relación con su supuesta participación en el grupo de vigilante “Vengadores del Pueblo” en la municipalidad de San Lucas Tolimán.
Al final del año, el Ministerio Público seguía investigando el caso de la golpiza supuestamente propinada por soldados asignados a la Brigada de Policía Militar a tres niños sin hogares en mayo de 2006.
Hubo informes creíbles de que funcionarios de la PNC o personas disfrazadas de agentes de la policía detenían autos y buses para exigir sobornos o robar propiedad privada. En algunos casos, los supuestos agentes de policía asaltaron y violaron a sus víctimas.
Condiciones en las Prisiones y en los Centros de Detención
Las condiciones en las prisiones permanecieron duras y peligrosas. El sistema carcelario seguía sufriendo de una seria falta de recursos, particularmente en cuanto a seguridad carcelaria y instalaciones médicas. Los prisioneros se quejaban de atención alimentaria y médica deficientes. La corrupción, particularmente aquella relacionada con la venta y el uso ilegal de drogas, abundaba. Los oficiales de la prisión informaban intentos frecuentes de escape y otras manifestaciones de inquietud entre los prisioneros.
El hacinamiento en las prisiones siguió siendo un problema. El registro del sistema carcelario informó que hasta septiembre había 7,143 personas detenidas en 40 prisiones y cárceles diseñadas con una capacidad de 6,974 personas. Aproximadamente 40 por ciento de la población en el sistema penitenciario nacional estaba retenida previa al inicio de su juicio. El 10 de mayo, una evaluación del Ministerio de Gobernación, que descubrió que había algunas prisiones ocupadas con hasta tres veces su capacidad, informó sobre el “total colapso” del sistema penitenciario.
Los medios y las ONGs informaron que el abuso físico y sexual contra mujeres y jóvenes prisioneras era un problema serio. Muchas de las jóvenes prisioneras abusadas eran supuestos miembros de maras.
El 8 de marzo el prisionero José de la Cruz Lara Díaz fue asesinado por sus compañeros de prisión, quienes también hirieron al prisionero Carlos Arturo Escaray durante un enfrentamiento en la prisión Pavoncito. Al final del año, no se había dado seguimiento a la investigación del incidente.
El 20 de agosto, la Sala Novena del Ramo Penal sentenció a cinco miembros de la Mara 18 a 158 años en prisión por asesinar a cuatro prisioneros juveniles y lesionar a cinco prisioneros más, miembros de una mara rival, durante un motín en junio de 2006 en el Centro de Detención Juvenil de San José Pinula. La Procuradoría de los Derechos Humanos (PDH) argumentó que los guardias de la prisión estaban involucrado en los asesinatos, pero al final del año, las autoridades de la prisión no habían emprendido acción alguna contra ninguno de los guardias de la prisión.
El 14 de febrero, el Ministerio Público anunció los resultados de los exámenes forenses realizados de siete prisioneros, quienes supuestamente fueron asesinados por fuerzas de seguridad durante un operativo policíaco realizados en la prisión de Pavón en septiembre de 2006. El Ministerio Público concluyó que los siete no fueron víctimas de ejecuciones ilícitas como había sido supuesto por los prisioneros y la PDH.
El 15 de marzo, la Sala Séptima del Ramo Penal absolvió de mala conducta a 21 prisioneros sospechosos del asesinato de otros ocho prisioneros durante un motín ocurrido en la prisión de Pavón en 2005. El tribunal determinó que la investigación del Ministerio Público fue “deficiente” porque carecía de “eficiencia técnica y profesionalismo”.
El 25 de agosto, las autoridades levantaron cargos contra la guardia de la prisión Irma Barrientos por prostituir a las prisioneras de la cárcel para mujeres en Jalapa y también por cobrar fraudulentamente una comisión del 30 por ciento del dinero enviado a las prisioneras por sus parientes. La Directora del Sistema Penitenciario Margarita Castillo solicitó la colaboración de la ORP en la investigación de la supuesta mala conducta de Barrientos. Tras la investigación, Castillo despidió a Barrientos el 19 de octubre. Al final del año, el Ministerio Público seguía investigando el asunto
No hubo nuevos avances, y no se esperaba ninguno en el asesinato de 36 prisioneros de cuatro prisiones en 2005.
No hubo nuevos avances, y no se esperaba ninguno en la investigación de la disputa entre maras ocurrida en una prisión en Mazatenango en 2005 que dio como resultado la muerte de un miembro de la mara que estaba en prisión.
En raras ocasiones se retuvo juntos a hombres y mujeres detenidos en instalaciones de migración. Los detenidos antes de los juicios en ocasiones eran mantenidos en los mismos bloques de la prisión con la población general de la prisión.
El gobierno permitió visitas de monitoreo a las prisiones por grupos de derechos humanos locales e internacionales, por la Organización de los Estados Americanos, por defensores públicos, grupos religiosos y miembros familiares. Estas visitas se realizaron durante todo el año.
d. Arresto Arbitrario o Detención Arbitraria
La Constitución y la ley prohíben los arrestos arbitrarios y las detenciones arbitrarias, pero hubo informes creíbles de arrestos sin órdenes judiciales, de detenciones ilícitas y del incumplimiento de los límites de tiempo definidos en los procesos jurídicos. En la práctica, los agentes encargados de los arrestos con frecuencia no cumplieron los requisitos jurídicos porque los magistrados no revisaron los casos dentro del marco jurídico de seis horas. Sin embargo, el establecimiento por el Ministerio Público de tribunales de 24 horas en tres municipalidades de alto perfil delictivo aceleró significativamente un procesamiento oportuno de casos.
El Papel de la Policía y del Aparato de Seguridad
La policía, compuesta de 19,143 miembros, encabezada por un director nombrado por el Presidente, permaneció con poco personal, capacitación inadecuada y con financiamiento insuficiente. Hasta septiembre, la PNC informó del fallecimiento de 84 miembros de su personal, 24 de ellos en el desempeño de su trabajo.
La corrupción de la policía era un problema serio y hubo argumentos creíbles de involucramiento individual de parte de agentes de policía en actividades delictivas, incluidas violaciones, asesinatos y secuestros. Se informó que funcionarios de policía y de migración extorsionaban y maltrataban a las personas que intentaban ingresar al país de manera ilegal.
La impunidad de la policía seguía siendo un problema serio. La PNC rutinariamente trasladaba a los agentes sospechosos de mala conducta en lugar de investigarlos y castigarlos. Los esfuerzos de la PNC para reducir la impunidad incluyeron colocar a 52 agentes en proceso de despido.
Aunque no había miembros activos del ejército en la estructura de mando de la policía, el gobierno siguió empleando al ejército para apoyar a las unidades de la policía en su respuesta a la creciente delincuencia. Los operativos conjuntos de la policía y el ejército bajo el control operacional de la PNC continuaron en las áreas de mucha delincuencia en la Ciudad de Guatemala, así como en otras regiones del país.
La policía amenazó a las personas que participaban en prostitución y otras actividades sexuales comerciales bajo cargos falsos de drogas con el fin de extorsionarles por dinero o favores sexuales y hostigaba a los homosexuales y a los travestis con amenazas similares de cargos falsos. Los críticos acusaron a la policía de realizar detenciones ilícitas e indiscriminadas cuando realizaban operativos antimaras en algunos vecindarios de mucha delincuencia. Los agentes de seguridad supuestamente arrestaban y llevaban a prisión a personas sin cargos, o a veces empleaban cargos falsos sobre drogas, sospecha de ser miembros de maras, y en ocasiones la policía detenian a estas personas sin una orden de arresto. La ORP realizó investigaciones internas por mala conducta de parte de los agentes de la policía. Aunque la ORP mejoró su profesionalismo, su independencia y efectividad se vieron limitadas por la falta de recursos materiales y la falta de cooperación de otras unidades de la PNC. De enero a agosto, la ORP informó que recibió 962 quejas, entre ellas: 29 quejas de asesinatos, 12 de desapariciones forzadas, tres de secuestros, 12 de detenciones ilícitas, 132 de robos, 10 de violaciones, 82 incidentes de soborno, 81 de amenazas, 168 casos de abuso de autoridad y 12 incidentes de detención ilícita.
Aunque los casos con suficiente evidencia de actividad criminal fueron enviados al Ministerio Público para continuar con la investigación y para ser procesados, pocos casos llegaron a juicio. Entre enero y agosto, la ORP investigó a 922 agentes de policía, lo que dio como resultado el despido de 52 y la exoneración de 870. Con base en la decisión de 12 de abril de la Corte de Constitucionalidad, el 24 de abril la Corte Suprema ordenó que se revocaran las apelaciones pendientes de reinstalación planteadas por 561 agentes de PNC entre 2005 y abril de 2007.
La PNC capacitó a 2,635 cadetes en derechos humanos y ética profesional, en comparación con los 954 que recibieron esta capacitación en 2006. El ejército exigió que los oficiales que se ocupan de asuntos civiles en cada comando planificaran y documentaran la capacitación en derechos humanos a los soldados.
Aproximadamente dos terceras partes de los distritos de policía seguían estando con poco personal. Los defensores de los derechos de los indígenas aseveraron que la continua carencia de sensibilidad de parte de las autoridades de seguridad hacia las normas y prácticas culturales de los indígenas engendraba malentendidos y que pocos agentes de policía indígenas trabajaban en sus propias comunidades étnicas o lingüísticas.
Arresto y Detención
La Constitución y la ley exigen que una orden de arresto emitida por un tribunal debe ser presentada a un sospechoso antes de un arresto, a menos que al sospechoso se le sorprenda cometiendo un crimen. La policía no puede detener a un sospechoso por más de seis horas sin llevar el caso ante un juez. Los detenidos con frecuencia no fueron informados con prontitud de los cargos hechos en su contra. Una vez que un sospechoso ha sido arraigado, el fiscal generalmente tiene tres meses para completar la investigación y llevar el caso ante el tribunal o solicitar una extensión formal del período de detención. La ley contiene disposiciones de acceso para los abogados y de fianza para la mayoría de los delitos. El gobierno proporcionaba representación legal para los detenidos indigentes, y los detenidos tenían acceso a los miembros de su familia.
Hasta agosto, la ORP había recibido 12 acusaciones de detenciones ilícitas. No hubo datos confiables sobre el número de detenciones arbitrarias aunque la mayoría de los relatos indicaban que la policía rutinariamente hacía caso omiso de los escritos sobre habeas corpus en casos de detención ilegal, particularmente en operativos antimaras en los vecindarios.
En áreas de mucha delincuencia en la ciudad de Guatemala, Mixco y Villa Nueva, el gobierno realizó tres proyectos piloto de tribunales de 24 horas que redujeron significativamente el número de casos desestimados por falta de mérito o por razones técnicas. Estos proyectos mejoraron la capacidad del gobierno de cumplir con los requisitos jurídicos de llevar a los sospechosos ante un juez dentro de las seis horas siguientes a la detención inicial.
Aunque la ley establece un límite de tres meses para la detención previa al juicio, a los prisioneros con frecuencia se les mantenía detenidos después de la fecha estipulada para llevarlos a juicio o dejarlos en libertad. Aproximadamente 40 por ciento de las personas encarceladas se encontraban en detención previa al juicio. Algunos prisioneros no fueron liberados en forma oportuna después de haber cumplido sus condenas completas debido a que los jueces no emitieron la orden necesaria del tribunal o debido a otros problemas burocráticos. Un juez tiene la discreción de determinar si es necesario o permisible fijar fianza para los detenidos previo al juicio dependiendo de las circunstancias de los cargos. Los detenidos que no pagan la fianza deben permanecer en prisión.
e. Negación de Juicio Público Justo
Aunque la Constitución y la ley brindan un poder judicial independiente, el sistema judicial con frecuencia no llevó a cabo juicios justos u oportunos por ineficiencia, corrupción, personal y fondos insuficientes y la intimidación de jueces, fiscales y testigos. La mayoría de los delitos serios no fueron investigados o castigados. Menos del 3 por ciento de los delitos reportados fueron procesados, y muchos menos fueron objeto de condenas. Muchos casos criminales de alto perfil permanecieron pendientes en los tribunales por períodos largos mientras los abogados defensores empleaban apelaciones y mociones sucesivas.
Hubo muchos informes sobre corrupción, ineficacia y manipulación de la judicatura. Jueces, fiscales, demandantes y testigos también seguían informando sobre amenazas, intimidación y vigilancia. El fiscal especial para delitos contra los trabajadores judiciales recibió 125 casos de amenazas o agresión en contra de los trabajadores de la rama judicial, en comparación con 71 en 2006.
Hubo informes creíbles sobre el asesinato de testigos. El 11 de febrero, atacantes no identificados asesinaron a Dalia Evangelina García Illescas, un testigo en el juicio del asesinato del agente de la PNC Jorge Macario Mazariegos.
En septiembre, el Ministerio Público informó que por evidencia insuficiente había cerrado el caso de la querella de mayo de 2006 planteada por la jueza María Ester Roldán, quien supuestamente recibió amenazas de un abogado de la policía por ordenar el traslado de un archivo policiaco histórico a la custodia de la Procuraduría de los Derechos Humanos.
No hubo avances, ni se esperaba ninguno, sobre la investigación de los asesinatos, en 2005, del Juez de Paz José Antonio Cruz Hernández y del Juez del Tribunal de Alto Impacto José Víctor Bautista Orozco.
La Corte Suprema de Justicia siguió buscando la suspensión de los jueces y realizando investigaciones penales por incongruencias o irregularidades en los casos dentro de su jurisdicción. La Unidad de Disciplina Judicial investigó y realizó audiencias de 1,689 querellas de mala conducta. La Corte Suprema no brindó estadísticas acerca de la resolución de estos casos.
Los fiscales permanecieron susceptibles a la intimidación y corrupción y con frecuencia fueron ineficaces. El descuido de la ley de identificar claramente las responsabilidades de la PNC y del Ministerio Público en la investigación de los delitos dio lugar a rivalidades organizacionales y a la duplicación de esfuerzos en la investigación.
El organismo judicial consistió de la Corte Suprema de Justicia, los tribunales de apelación, los juzgados y los jueces que se ocupaban de causa probable (con una función similar a la de un Gran Jurado) así como los tribunales de jurisdicción especial, incluyendo los juzgados laborales y de familia. A lo largo del país había más de 350 Jueces de Paz. Algunos de los jueces se especializaban en administrar el derecho tradicional e indígena en los juzgados comunitarios que se encontraban en la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia. La Corte de Constitucionalidad, que examina la legislación y las decisiones de los tribunales para determinar su compatibilidad con la Constitución, es independiente del resto del organismo judicial.
Entre enero y septiembre, el Ministerio Público tenía a 411 personas en su programa de protección de testigos. No hubo nuevos avances en el caso de noviembre de 2006 en el que una testigo que era protegida por la policía fue asesinada en su hogar en Palencia.
Procesos Judiciales
La Constitución contiene disposiciones para asegurar el derecho a un juicio público justo, la presunción de la inocencia, el derecho de estar presente en el juicio y el derecho a contar con un abogado. La ley contiene disposiciones para una sentencia acordada, la posibilidad de la liberación bajo fianza, y el derecho a apelar. Los paneles de tres jueces determinan los veredictos. La ley contiene disposiciones para los juicios orales y exige interpretación a su idioma para quienes la necesitan, en particular para el gran número de personas indígenas que no hablan el español con fluidez. Un inadecuado financiamiento de parte del gobierno limitó la eficaz aplicación de esta exigencia jurídica. El Ministerio Público llevó a 16 intérpretes a las áreas del país en antiguas áreas de conflicto y la oficina de la Defensoría Pública empleó a defensores públicos bilingües en sitios en los que podían servir como intérpretes además de defender a sus clientes.
El Ministerio Público, que es semi independiente de la rama ejecutiva, puede iniciar un proceso penal por sí mismo o en respuesta a una querella. Los grupos privados pueden participar en enjuiciamiento de casos penales como demandantes. Las largas investigaciones y las frecuentes mociones sobre procedimiento empleadas, tanto por la defensa como por la fiscalía, con frecuencia dieron lugar a detenciones excesivamente extensas previo al juicio, y con frecuencia atrasaron los juicios por meses o años.
Prisioneros Políticos y Detenidos
No hubo informes sobre prisioneros políticos o detenidos.
Procedimientos y Remedios Judiciales Civiles
La ley no contiene disposiciones sobre juicios por jurado en asuntos civiles. La ley contiene disposiciones de remedios administrativos y judiciales en casos de supuestas faltas, incluyendo la aplicación de las órdenes de los juzgados internos, pero hubo problemas en la aplicación de las órdenes de los juzgados internos. Algunos asesinatos fueron el resultado de que la PNC no aplicó las órdenes de protección con prontitud.
f. Interferencia Arbitraria con la Privacidad, la Familia, el Hogar o la Correspondencia
La Constitución y la ley prohíben estas acciones y el gobierno en general respetó estas prohibiciones en la práctica.
Los defensores de los derechos humanos argumentaron que hubo personas afiliadas a grupos armados clandestinos que participaron en varios allanamientos ilícitos de sus hogares y oficinas. El Ministerio Público investigó varios de estos casos pero no pudo identificar a los sospechosos para procesarlos.
Entre el 3 y 4 de febrero, personas no identificadas allanaron las oficinas de ONGs la Unidad de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, el Movimiento Nacional por los Derechos Humanos de Guatemala (MNDH), y la Asociación Comunicación para el Arte y la Paz. Los responsables extrajeron archivos, computadoras y otros equipos electrónicos y emplearon los cables de computadoras para hacer nudos que simulaban horcas y que dejaron en las oficinas.
Sección 2 - Respeto por las Libertades Civiles, Incluyendo:
a. Libertad de Expresión y Prensa
La Constitución y la ley contienen disposiciones sobre la libertad de expresión y la de prensa y el gobierno generalmente respetó estos derechos en la práctica.
Aunque los medios independientes, incluidos los medios internacionales operaron con libertad y se mantuvieron activos y expresaron una amplia variedad de perspectivas sin restricción del gobierno, hubo informes de que personajes desconocidos con frecuencia amenazaron e intimidaron a miembros de los medios. El Ministerio Público informó de 11 incidentes de intimidación de periodistas, en comparación con 67 en 2006.
El 2 de febrero, atacantes no identificados en Zacapa le dispararon al vehículo del corresponsal de Nuestro Diario, Wilder Jordán, supuestamente en venganza por su reportaje del 15 de enero en el que sostuvo que un aprendiz de conductor de autobús era culpable de un accidente del transporte público. Jordán planteó una querella con el Ministerio Público, pero al final del año, las autoridades aún no habían tomado acción con respecto al incidente.
El 1 de marzo, el Director de Guatevisión, Erick Salazar, informó que Guatevisión recibió amenazas anónimas de muerte contra el personal y sus familias, como resultado de la cobertura de Guatevisión en los asesinatos del PARLACEN de febrero.
No hubo nuevos avances con respecto al cierre en marzo de 2006, por parte de la Fiscalía Especial para Delitos contra Periodistas y Sindicalistas con el apoyo de la Autoridad de Telecomunicaciones y la Comisión de Radiodifusión Nacional, de nueve estaciones de radio comunitarias que carecían de licencia. Al final del año, estas estaciones de radio permanecían cerradas.
El Ministerio Público informó que no tenía más información sobre la herida de bala sufrida en agosto de 2006 por el periodista de radio Vinicio Aguilar.
No hubo nuevos avances, y no se esperaba ninguno, sobre el informe de 2005 de Periodistas Sin Fronteras de que ex miembros de las patrullas de auto defensa civil asaltaron al corresponsal de Prensa Libre Edwin Paxtor en Chiquimula, o sobre cualquier investigación de las amenazas anónimas que Paxtor sostuvo haber recibido en septiembre de 2006.
Libertad de Uso de la Internet
No hubo restricciones del gobierno al acceso a la Internet o informes de que el gobierno monitoreó el correo electrónico o los medios para charlar en el Internet. Las personas y grupos participaron en la expresión pacífica de sus opiniones por medio de Internet, incluyendo por correo electrónico.
Libertad Académica y Cultural
No hubo restricciones del gobierno a la libertad académica o a los eventos culturales.
b. Libertad de Asamblea y Asociación Pacíficas
Libertad de Asamblea
Aunque la Constitución y la ley contienen disposiciones sobre la libertad de asamblea y el gobierno por lo general respetó estos derechos en la práctica, hubo algunos argumentos de uso innecesario de fuerza, y de falta de acción por la policía durante manifestaciones violentas. Manifestantes se quejaron de que los agentes de la policía emplearon fuerza excesiva durante las manifestaciones post electorales en los poblados de Palín y Tucurú, pero al final del año, nadie había denunciado al Ministerio Público acusaciones formales o querellas relativas a estos incidentes.
No hubo nuevos avances, ni se esperaba ninguno, sobre las investigaciones de las muertes, en 2005, de un manifestante en Sololá y un manifestante en Huehuetenango.
Libertad de Asociación
La Constitución y la ley contienen disposiciones relativas a la libertad de asociación y el gobierno en general respetó este derecho en la práctica.
c. Libertad de Culto
La Constitución contiene disposiciones sobre libertad de culto y el gobierno en general respetó este derecho en la práctica. No hay religión estatal. Sin embargo, la Constitución reconoce explícitamente la personería jurídica de la Iglesia Católica Romana. El gobierno no establece requisitos para el reconocimiento religioso ni impone exigencias de registro para que los miembros religiosos oren juntos. El gobierno exige que las organizaciones religiosas, las asociaciones seglares y las ONGs se inscriban como entidades jurídicas con el objeto de realizar negocios.
El 3 de abril, La Dirección General de Migración le negó visa de ingreso al puertorriqueño José Luis Miranda, quien sostuvo ser el Anticristo. En años anteriores, el gobierno había concedido a Miranda permiso para ingresar al país y predicar. La iglesia de Miranda estaba registrada y reconocida por el gobierno y siguió funcionando en la ciudad de Guatemala.
Abusos Sociales y Discriminación
No hubo informes de abusos sociales o discriminación contra personas por sus creencias o prácticas religiosas y ningún informe de actos antisemíticos. La población judía era de aproximadamente 2,000 personas.
Puede verse información más detallada en el Informe Internacional de 2007 sobre Libertad de Culto.
d. Libertad de Locomoción los Desplazados Internos, Protección de Refugiados y Personas sin Estado
La Constitución y la ley contienen disposiciones sobre la libertad de locomoción dentro del país, los viajes al extranjero, la emigración y repatriación y el gobierno en general respetó estos derechos en la práctica.
La ley prohíbe el exilio forzado y el gobierno no empleó el exilio en la práctica.
Protección de los Refugiados
La Constitución y la ley contienen disposiciones sobre el otorgamiento de asilo o estado de refugiado de conformidad con la Convención de la ONU de 1951 sobre el Estado de los Refugiados y su protocolo del año 1967, y el gobierno ha establecido un sistema para brindar protección a los refugiados. En la práctica, el gobierno brindó protección contra la repatriación forzosa (refoulement) de las personas a un país en el que hay razón para pensar que temen ser perseguidos. El gobierno cooperó con la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados (ACNUR) y otras organizaciones humanitarias.
Sección 3 - Respeto por los Derechos Políticos: el Derecho de los Ciudadanos a Cambiar su Gobierno
La Constitución y la ley contienen disposicions sobre el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno de manera pacífica y los ciudadanos ejercieron este derecho en la práctica por medio de elecciones periódicas, libres y justas celebradas por medio del sufragio casi universal para las personas de 18 años de edad y más. A los miembros de las fuerzas armadas y a la policía no les está permitido votar.
Elecciones y Participación Política
El 4 de noviembre, Álvaro Colom del partido de la UNE ganó la carrera presidencial para un período de cuatro años con aproximadamente 53 por ciento de los votos en la segunda vuelta. La misión internacional de observación de la Organización de los Estados Americanos catalogó las elecciones de libres y justas en general.
Hubo 14 mujeres en el Congreso de 158 escaños; dos mujeres en la Corte Suprema de Justicia, incluyendo a la Presidenta de la misma; una mujer en la Corte de Constitucionalidad; y 197 mujeres fungieron como jueces. Hubo tres mujeres Ministras en el gabinete de 12 miembros y ocho secretarias presidenciales mujeres. De los 332 alcaldes del país, nueve eran mujeres y 129 indígenas. Hubo un miembro del gabinete indígena y dos secretarias presidenciales indígenas. Hubo 15 miembros indígenas en el Congreso.
Corrupción Gubernamental y Transparencia
La corrupción gubernamental fue percibida en general como un problema serio. Las encuestas públicas observaron falta de confianza en casi todas las instituciones de gobierno, incluyendo en las ramas legislativa y judicial. De acuerdo con los Indicadores de Gobernabilidad Mundial del Banco Mundial, la corrupción gubernamental fue un problema muy serio. El Ministerio Público siguió investigando los cargos de corrupción contra el ex vice presidente Reyes López, el ex presidente Alfonso Portillo, el ex ministro de gobernación Byron Barrientos y otros funcionarios con altos cargos del gobierno anterior.
Los intentos de la Corte Suprema de analizar la evidencia del gobierno para retirar la inmunidad parlamentaria al congresista Héctor Loaiza Gramajo y llevarlo ante el tribunal acusado de fraude, evasión de impuestos y otros delitos, fueron atrasados por dos apelaciones que Loaiza presentó el 24 de octubre. Al final del año, la Sala Tercera de Apelaciones no había decidido si retirar a Loaiza su inmunidad parlamentaria. El 18 de abril, un juzgado sentenció al camionero Juan Rolando Guzmán a 10 años en prisión por robo agravado vinculado a los camiones de gasolina robados que la policía encontró en mayo de 2006 en una gasolinera de Loaiza.
El 2 de mayo, una Sala de Apelaciones revirtió la condena de 13 años y la multa de $3.2 millones (25 millones de quetzales) dictadas contra el ex Vicepresidente del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) Jorge Mario Nufio, por la malversación en 2005, de $46 millones (350 millones de quetzales).
El 20 de febrero, la Corte de Constitucionalidad rechazó la absolución por la Sala Primera de Apelaciones del ex director del IGSS Carlos Wohlers, quien en octubre de 2006 fue sentenciado a dos años en prisión por falsificación material en la transferencia de fondos. Al final del año, Wohlers permanecía detenido, esperando un nuevo juicio.
No hubo nuevos avances sobre el paradero del ex director del Departamento de Tránsito de la PNC Arnoldo Heriberto Quezada Chapetón, quien no compareció en 2005 a una audiencia por los cargos de corrupción.
El 20 de abril, el Juzgado Quinto de Sentencia encontró culpable de lavado de dinero, fraude y extorsión a Marco Tulio Abadío, ex Director de la SAT. Abadío, que había estado esperando juicio desde 2004, fue condenado a 30 años en prisión y multado con $3.2 millones (24 millones de quetzales). Su hijo Junior Vinicio Abadío Carrillo recibió una condena de 15 años y una multa de $3.2 millones (24 millones de quetzales) por lavado de dinero y estafa. Byron René Abadío Carrillo, el otro hijo de Abadío, fue condenado a seis años de prisión y multado con $21,000 (160,000 quetzales) por lavado de dinero. Carlos Alberto Barrera Rodas, ex empleado de la SAT, recibió seis años en prisión y fue multado con $2,000 (15,000 quetzales) por fraude. Ana Angélica Díaz Fajardo, otra ex empleada de SAT, fue condenada a seis años de cárcel y multada con $184,000 (1.4 millones de quetzales) por lavado de dinero.
Los funcionarios públicos que ganan más de $1066 (8,000 quetzales) al mes o que manejan fondos públicos están sujetos a las leyes de divulgación financiera. La Oficina del Contralor General tiene la responsabilidad de supervisar y aplicar las leyes de divulgación financiera. La falta de voluntad política y la impunidad que campea facilitó la corrupción gubernamental.
Aunque la Constitución contiene disposiciones sobre el derecho de los ciudadanos a tener acceso a información pública, no hay leyes que reglamenten la provisión o faciliten el acceso a la información de instituciones públicas y no hay otros mecanismos establecidos que permitan que los ciudadanos o no ciudadanos tengan acceso a información del gobierno.
Sección 4 - Actitud del Gobierno Respecto a Investigacion Internacional y No Gubernamental de Presuntas Violaciones de los Derechos Humanos
Varios grupos nacionales e internacionales de derechos humanos trabajaron generalmente sin restricción del gobierno, investigando y publicando sus hallazgos acerca de casos de derechos humanos. Los funcionarios del gobierno cooperaron y respondieron a sus opiniones, incluyendo la advocacía de la sociedad civil para la elección de miembros a la Corte de Constitucionalidad y la negociación del acuerdo para establecer la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), aprobada por el Congreso el 1º de agosto.
Muchas ONGs, defensores de los derechos humanos y varios sindicalistas reportaron amenazas o intimidación por parte de personas no identificadas, muchos con supuestos vínculos con el crimen organizado, empresas de seguridad privada y grupos de “limpieza social,” y se quejaron de que el gobierno hizo poco para investigar estas denuncias o para prevenir incidentes adicionales.
El 2 de febrero, asaltantes desconocidos asaltaron a punta de pistola, secuestraron y posteriormente liberaron a José Roberto Morales del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH). Tras el incidente, la policía realizó una investigación, incluyendo la vigilancia de la oficina de CALDH, y entre febrero y marzo brindó protección temporal al personal de CALDH. Al final del año, las autoridades no habían identificado a ningún sospechoso.
El 5 de febrero, Angélica González, abogada de CALDH, recibió una amenaza de muerte escrita que decía que ella y otros trabajadores de CALDH serían asesinados a menos que dejaran de tratar de proteger a los parientes de las víctimas asesinadas durante el conflicto armado interno.
En abril cinco miembros del personal del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG) recibió amenazas de muerte anónimas por escrito. El ICCPG creía que las supuestas amenazas estaban relacionadas con su trabajo en casos de violaciones a los derechos humanos supuestamente cometidas por agentes de la PNC y por su apoyo jurídico para las víctimas de la violencia policíaca.
El gobierno siguió brindando seguridad a las casas y oficinas de activistas de derechos humanos que recibieron amenazas. La Fundación Myrna Mack y la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) recibieron protección de seguridad continua. Durante el año, los miembros del personal de FAFG siguieron recibiendo amenazas de muerte. La FAFG opinó que estas amenazas estaban vinculadas al trabajo de exhumación forense realizado por el grupo para identificar a las víctimas de las masacres durante el conflicto armado interno.
La Fiscalía Especial para los Derechos Humanos abrió varios casos nuevos que se relacionaban con amenazas anónimas telefónicas o por escrito, allanamientos y asaltos físicos, así como la vigilancia de las oficinas, residencias y movimientos vehiculares. La mayoría de estos casos permanecieron pendientes durante períodos largos sin ser investigados, o languidecieron en el sistema de tribunales mientras los abogados de defensa planteaban mociones y apelaciones sucesivas para atrasar los juicios.
El 15 de agosto, José Amílcar Méndez Dardón, un técnico del aeropuerto e hijo de un ex Congresista y líder de derechos humanos, fue asesinado cuando salía del aeropuerto La Aurora de la Ciudad de Guatemala. Al final del año, el Ministerio Público estaba investigando el caso.
La Oficina local del Alto Comisionado para los Derechos Humanos ayudó al gobierno a investigar varios asuntos, incluyendo las amenazas y otros actos de intimidación contra los defensores de los derechos humanos, los conflictos de tierras y la discriminación contra las personas indígenas. El gobierno cooperó con la oficina y con otras organizaciones internacionales.
El Procurador de los Derechos Humanos, Sergio Morales, a quien el Congreso reeligió durante el año, informa al Congreso y monitorea los derechos garantizados por la Constitución. Los dictámenes del Procurador no tienen fuerza de ley. La PDH funcionó sin interferencia del gobierno o de los partidos, tuvo recursos adecuados para realizar su tarea y tuvo la cooperación del gobierno de Guatemala.
El Procurador presentó informes y recomendaciones que se hicieron públicos, incluyendo su informe anual al Congreso sobre el cumplimiento de su mandato. Su oficina también presentó informes sobre el proceso electoral.
La Comisión Presidencial de Derechos Humanos (COPREDEH) encabezada por Frank La Rue, tiene la responsabilidad de formular y promover la política de derechos humanos del gobierno, representando al gobierno en casos sobre abusos de los derechos humanos del pasado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y negociando resoluciones amigables en esos casos ante la corte. COPREDEH emprendió el papel de liderazgo en la coordinación de protección por la policía para varios activistas de derechos humanos y laborales durante el año, incluyendo la promoción de la aprobación del acuerdo de la CICIG por el Congreso.
El Comité de Derechos Humanos del Congreso redacta y brinda asesoría sobre legislación relativa al tema de los derechos humanos. Por ley, todos los partidos políticos representados en el Congreso de la República deben tener un representante en el comité. Las ONGs informaron que consideraron que el comité es un foro público eficaz para promover y proteger los derechos humanos.
Sección 5 - Discriminación, Abusos Sociales y Trata de Personas
La Constitución y la ley prohíben la discriminación por raza, género, discapacidad, idioma o estado social. En la práctica, el gobierno frecuentemente dejó de aplicar estas disposiciones por recursos inadecuados, corrupción y un sistema judicial disfuncional.
Las Mujeres
Los delitos sexuales continuaron siendo un serio problema. La ley criminaliza la violación, incluyendo la violación marital y la violación agravada, y establece sanciones de 6 a 50 años en prisión. Los fiscales de la Unidad Especial en la PNC para Investigar el Asesinato de Mujeres señalaron que las denuncias de violaciones se incrementaron 30 por ciento por encima de los cuatro años anteriores, aunque algunos observadores sugirieron que los incrementos podrían reflejar un mejor registro de las estadísticas sobre delitos. Hasta 2004, la ley disponía que un violador podía evitar los cargos si contraía matrimonio con la víctima. Aunque la ley ya no incluye esa disposición, los procesos judiciales iniciados antes del cambio fueron adjudicados de conformidad con la norma previa a 2004.
La policía tenía una capacitación o capacidad mínimas para investigar o ayudar a las víctimas de delitos sexuales. El gobierno mantuvo una unidad especial en la PNC para Crímenes contra Mujeres, una Oficina de Atención para las Víctimas y una fiscalía especial para Crímenes contra las Mujeres, los Niños y la Trata de Personas. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) informó que en ocasiones las víctimas de violaciones no denunciaban el delito por falta de confianza en el sistema procesal y por temor a represalias.
Entre enero y septiembre, el fiscal informó que recibió 2,575 casos de crímenes sexuales. El gobierno informó de 155 condenas contra los culpables de crímenes sexuales, con una condena promedio de entre seis y 20 años en prisión.
La violencia contra las mujeres, incluyendo la violencia intrafamiliar, siguió siendo un problema común y serio. La ley prohíbe el abuso intrafamiliar pero no dispone de condena carcelaria para los casos de abusos intrafamiliares. Los fiscales observaron que la ley permite hacer cargos por asalto contra los abusadores sólo si los moretes del abuso permanecieron visibles durante por lo menos 10 días. La ley contiene disposiciones para la emisión de órdenes de protección contra los supuestos agresores y para brindar protección policíaca a las víctimas, y exige que la PNC intervenga en situaciones violentas en el hogar. Sin embargo, en la práctica la PNC con frecuencia dejó de responder a solicitudes de asistencia relacionadas con violencia intrafamiliar. Los grupos de mujeres comentaron que pocos agentes fueron entrenados para hacerle frente a la violencia intrafamiliar o para brindar asistencia a las víctimas.
En noviembre, el Instituto de Defensa Pública Penal lanzó un proyecto piloto que brindaba asistencia jurídica, médica y psicológica gratuita a víctimas de violencia intrafamiliar. Al final del año, el proyecto había atendido 1,500 casos de violencia intrafamiliar.
El Programa para la Prevención y Erradicación de la Violencia Intrafamiliar, un programa del gobierno a cargo de la Secretaria de Obras Sociales de la Esposa del Presidente (SOSEP), informó que recibió 1,618 llamadas de mujeres y niños agredidos por medio de su línea telefónica para emergencias. Hasta julio, el Ministerio Público había recibido, según sus informes, más de 6,228 quejas de violencia intrafamiliar contra mujeres y niños. Entre enero y julio, el Ministerio Público logró condenas en 96 casos.
Los jueces de paz emitieron un número no especificado de órdenes de protección contra los agresores de violencia intrafamiliar y ordenaron que la policía brindara protección a las víctimas. La investigación completa y enjuiciamiento de casos de violencia intrafamiliar y violación generalmente tomaron un promedio de un año. Entre enero y septiembre, el Ministerio Público manejó 1,768 casos contra los perpetradores de violencia intrafamiliar, y dos finalizaron con condenas. Aunque la ley brinda protección, incluyendo albergue, a las víctimas de violencia intrafamiliar, en la práctica no hubo suficientes instalaciones para este propósito.
La Defensoría de la Mujer Indígena ubicada en COPREDEH, brindó servicios sociales para las víctimas de violencia intrafamiliar o social, así como mediación, resolución de conflictos y servicios jurídicos para mujeres indígenas. Esta oficina también coordinó y promovió acciones por medio de las instituciones del gobierno y las ONGs para prevenir la violencia y discriminación contra las mujeres indígenas, pero carecía de recursos humanos y capacidad logística para desempeñar sus funciones a nivel nacional. No había estadísticas confiables disponibles sobre el número de casos que la oficina manejaba.
La Sección de Crímenes contra Mujeres de la DINC informó que en el departamento de Guatemala, de las 271 muertes de mujeres reportadas, 55 por ciento fueron considerados homicidios y 45 por ciento “femicidios”, es decir, el asesinato de mujeres por su género. La Unidad de Crímenes contra la Vida del Ministerio Público informó que durante el año, el número de enjuiciamientos por asesinatos en la ciudad de Guatemala fue de 125 (de 1,000 asesinatos, aproximadamente) en comparación con 57 en 2006. El número de enjuiciamientos por asesinatos de mujeres en la ciudad de Guatemala durante el año fue de 18, un incremento de tres veces sobre los seis enjuiciamientos que hubo en 2006. Sin embargo, pocos de los enjuiciamientos culminaron con condenas.
En noviembre, el Ministerio de Gobernación inauguró ocho albergues para víctimas de abusos en los departamentos con la mayor incidencia de violencia intrafamiliar. Los centros brindaron apoyo jurídico y psicológico y alojamiento temporal.
Aunque la prostitución es legal, procurar prostitutas e inducir a una persona a la prostitución son delitos que pueden dar lugar a multas o prisión, con sanciones mayores si intervienen menores. La trata de mujeres y menores, principalmente con fines de prostitución, es ilegal y fue un problema ampliamente reconocido.
La ley no prohíbe el acoso sexual y no hubo estimaciones exactas de su incidencia. Sin embargo, las organizaciones de derechos humanos informaron que el acoso sexual estaba muy difundido, particularmente en las industrias en las que la fuerza laboral fue principalmente femenina, como en los sectores de los textiles y de vestuarios. También fue un problema en la fuerza policíaca. Aunque la ley establece el principio de igualdad de género, en la práctica las mujeres enfrentaban discriminación en el trabajo y era menos probable que ocupen puestos gerenciales.
Las mujeres fueron empleadas principalmente para trabajos de ingreso bajo en la agricultura, en el comercio, en el sector de los servicios, en la industria textil y de vestuario, y en el gobierno, y era más probable que ellas, y no los hombres, fueran empleadas en el sector informal, donde el pago y las prestaciones generalmente eran más bajos. Las mujeres pueden legalmente poseer, administrar y heredar propiedad, al igual que los hombres, incluyendo situaciones relacionadas con divorcio.
La Secretaría Presidencial de la Mujer asesoró al Presidente Berger sobre la coordinación interinstitucional de las políticas que afectan a las mujeres y su desarrollo. Las actividades de la secretaría incluyeron seminarios, servicios de alcance e información sobre la discriminación contra las mujeres.
El 28 de noviembre, la Ministra de Gobernación Adela de Torrebiarte inauguró un nuevo albergue para mujeres en la ciudad de Guatemala para víctimas de la violencia. El albergue empezó a funcionar durante el año y tenía capacidad para albergar a 20 víctimas y sus familias por 6 meses a la vez.
La Niñez
El gobierno dedicó recursos insuficientes para asegurar los servicios de educación y salud adecuados para la niñez.
El ACNUR informó de problemas para el registro de los nacimientos, particularmente en las comunidades indígenas, debido a lo inadecuado de los sistemas de registro y documentación del gobierno. Factores culturales, como la necesidad de viajar a áreas urbanas desconocidas e interactuar con funcionarios de gobierno hombres no indígenas, en ocasiones inhibieron a las mujeres indígenas de registrarse ellas mismas y a sus hijos. La falta de registro en ocasiones impidió el acceso de los niños a los servicios públicos.
Aunque la Constitución y la ley contienen disposiciones relativas a la educación gratuita obligatoria para todos los niños hasta el sexto grado, menos de la mitad de la población había completado la educación primaria. Las estadísticas de UNICEF de 2000 a 2005, las más recientes disponibles, indicaron que 73 por ciento de los niños inscritos en la escuela primaria llegaron al quinto grado. El número de niños que completaron la primaria fue menor en áreas rurales e indígenas. El informe anual de 2006 de la ONG Consejo de Población señaló que el grado de educación promedio logrado variaba mucho en base a los antecedentes y región geográfica. Mientras que un niño no indígena promedio tenía 4.2 años de escolaridad, los niños indígenas recibían un promedio de 1.3 años. El gobierno informó que los niños y las niñas tenían aproximadamente el mismo acceso a la educación y a los servicios médicos proporcionados por el estado.
El abuso infantil seguía siendo un problema serio. La Unidad de Niños y Adolescentes Víctimas de la Fiscalía Especial de la Mujer investigaba los casos de abuso infantil. Logró dos condenas de los 849 casos de abuso infantil que abrió entre enero y septiembre. La Secretaría de Bienestar Social, que supervisa los programas de trato, capacitación, educación especial y bienestar para la niñez, brindó albergue y asistencia a niños que fueron víctimas de abuso pero en ocasiones colocó a los niños a su cuidado en albergues con jóvenes con antecedentes penales. Debido a que el sistema de asistencia social pública se encontraba sobrecargado, durante el año, los juzgados de familia, la PNC y el Ministerio Público enviaron a 60 menores a Casa Alianza.
La prostitución infantil continuó siendo un problema.
En colaboración con varias ONGs, el gobierno realizó 20 operativos que dieron como resultado el rescate de 20 menores de menos de 18 años de edad que estaban siendo explotados sexualmente. Las autoridades enviaron a los menores al albergue para niños de la calle y niños víctimas de abusos de Casa Alianza para que recibieran protección y atención. Jueces, policía nacional y el Ministerio Público enviaron otros 60 casos a Casa Alianza. Casa Alianza continuó atendiendo 56 casos de menores sexualmente explotados que tenía desde años anteriores y la Secretaría de Bienestar Social atendió seis casos. De los 142 casos, las autoridades tuvieron detenidos a 15 supuestos perpetradores.
El trabajo infantil fue un problema muy amplio y serio. De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), durante el año casi una cuarta parte de los niños tuvo que trabajar para sobrevivir.
Estimaciones creíbles señalan que existen 5,000 niños de la calle en todo el país, con aproximadamente 3,000 en la ciudad de Guatemala. La mayoría de los niños de la calle huyeron de casa después de ser objeto de abusos. Casa Alianza informó que el creciente número de niños de la calle que las maras reclutaban se redujo en las calles porque después de unirse a las maras, los niños de la calle con frecuencia vivían con sus compañeros mareros. Casa Alianza informó que durante la primera mitad del año, 192 menores sufrieron muertes violentas en la ciudad de Guatemala. Los delincuentes con frecuencia reclutaban niños de la calle para ponerlos a robar, para transportar contrabando, para prostitución y para realizar actividades ilícitas de drogas. Aproximadamente 10,000 niños eran miembros de las maras callejeras. Las ONGs que trabajaban con maras y otros jóvenes compartieron su preocupación de que los jóvenes de la calle detenidos por la policía eran objeto de trato abusivo, incluyendo asaltos físicos.
El gobierno operaba un albergue para niñas en La Antigua y uno para niños en San José Pinula. Otros dos albergues en Quetzaltenango y Zacapa atendían tanto a niños como a niñas. El gobierno asignó fondos insuficientes para sus albergues, y las autoridades del gobierno con frecuencia preferían enviar a los jóvenes a albergues para jóvenes manejados por Casa Alianza y otras ONGs. El gobierno no les brindó a estas ONGs asistencia con fondos para cubrir los costos de los albergues. Las autoridades de seguridad encarcelaban a los jóvenes delincuentes en centros de detención para jóvenes.
La Trata de Personas
Aunque la ley prohíbe la trata de personas, hubo informes de la trata de personas hacia, desde, a través de y dentro del país. La ley pena todas las formas de la trata, define las categorías de personas responsables de los delitos de la trata y establece condenas de prisión de siete a 12 años para los culpables de la trata. El gobierno señaló que la trata fue un problema significativo.
El país fue fuente, tránsito y destino de mujeres y niños tratados con fines de explotación sexual y trabajo infantil.
Mujeres y niños fueron objeto de la trata dentro del país con fines de explotación sexual; se realizó también la trata de niños para explotación laboral, que incluía las redes de limosneros en la ciudad de Guatemala, pero no había estimaciones confiables de la magnitud del problema. La ONG Asociación para la Eliminación de la Prostitución, Pornografía, Turismo, Tráfico Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes (ECPAT) señaló que los niños entre los ocho y los 14 años de edad fueron vendidos por $100 a $200 (750 a 1,500 quetzales) para trabajar en diversas actividades económicas, pero principalmente para ser explotados sexualmente.
La trata era un problema particularmente en la capital y en los poblados cercanos a las fronteras del país. Los niños migrantes que no cruzaban la frontera a México, con frecuencia permanecían en el país y recurrían a la prostitución o eran forzados a practicarla. Muchas mujeres y niños tambíen eran traídos al país de El Salvador, Nicaragua y Honduras por redes organizadas que les obligaban a practicar la prostitución. Los principales grupos objetivo para la explotación sexual eran niños, niñas y mujeres jóvenes de familias pobres.
Las organizaciones dedicadas a la trata incluían desde negocios familiares hasta redes internacionales muy bien organizadas. Los propietarios de los burdeles con frecuencia eran los responsables de transportar y emplear a las víctimas de la trata. Los tratantes con frecuencia tenían vínculos con otro crimen organizado, incluyendo el tráfico de drogas y de migrantes.
Los tratantes a menudo se acercaban a las víctimas con promesas de recompensa económica, trabajos en cafeterías o salones de belleza, o de empleo en otros países. Los medios de promoción incluyeron volantes, anuncios en los diarios y recomendaciones verbales o personales.
Las unidades de la PNC y del Ministerio Público responsables de combatir la trata tuvieron severa escasez de personal. De enero a julio, el Ministerio Público recibió 51 casos de trata, en comparación con 34 en 2006. Durante el año, el Ministerio Público enjuició y condenó a ocho personas, incluidos propietarios y administradores de bares y clubes nocturnos, por delitos de trata. Al final del año, la Unidad de Niños y Adolescentes Víctimas de la Fiscalía Especial de la Mujer había investigado tres casos de trata, emitido una orden de arresto en uno de estos casos y en otro había deportado al supuesto tratante, un extranjero, a su país de origen. Hubo informes creíbles de que la policía y agentes del servicio de migración eran cómplices de la trata de personas. ECPAT informó que algunas víctimas menores sostuvieron que los oficiales de migración aceptaban sobornos de los tratantes, les daban a las víctimas documentos falsos de identificación y les permitían que cruzaran las fronteras. Hubo informes creíbles que propietarios de burdeles permitían que agentes de policía y funcionarios de migración tuvieran relaciones sexuales con las víctimas menores sin cobrarles. Casa Alianza informó que los propietarios de negocios de masajes y otros establecimientos que explotaban sexualmente a adolescentes tenían buenas relaciones con autoridades del gobierno que advertían a los negocios cuando la policía iba a hacer redadas.
La Secretaría de Bienestar Social del gobierno administró albergues en La Antigua, San José Pinula, Quetzaltenango y Zacapa que brindaban refugio a víctimas de trata y ofrecían asistencia social, capacitación para el trabajo y consejería. En octubre, la Dirección General de Migración abrió un nuevo albergue para indocumentados extranjeros, que incluía habitaciones especiales para víctimas de la trata. Durante el año, el albergue de ONG Casa del Migrante atendió a 700 víctimas de la trata de personas, incluyendo casos relacionados con menores.
Generalmente los funcionarios de migración deportaban a los adultos extranjeros que habían sido víctimas de la trata y no los trataban como delincuentes. Los funcionarios de migración deportaron a Honduras, Nicaragua y El Salvador a un número indeterminado de mujeres que fueron halladas en redadas en bares. No se enjuició a las víctimas y no se les exigió atestiguar contra los tratantes.
El 12 de julio, un decreto gubernamental estableció la Comisión Interinstitucional de Combate a la Trata de Personas y sus Delitos Conexos, que formalizó el estado de un grupo de trabajo interinstitucional existente en el tema de la trata. La Comisión, encabezada por el Vice Ministro de Relaciones Exteriores, está compuesta de representantes de las ramas ejecutiva, legislativa y judicial, así como de ONGs y organizaciones internacionales. La Comisión coordinó la consulta, desarrollo y consenso de iniciativas para combatir la trata y realizó redadas para rescatar a víctimas de la trata. El Ministerio Público creó y manejó una unidad especial dentro de la Fiscalía del Crimen Organizado para investigar y perseguir la trata y las adopciones ilegales.
El gobierno realizó esfuerzos para atender el problema de la trata de personas, incluyendo una mayor atención para rescatar a los menores de la explotación sexual comercial en bares, burdeles y otros establecimientos.
El gobierno cooperó con ONGs en la realización de operativos de rescate en los que se tomó en custodia a 20 menores explotados sexualmente. Los menores fueron enviados a Casa Alianza, en donde se les brindó alberge, atención médica, consejería psicológica y capacitación para trabajar. Otras ONGs les brindaron servicios similares y, junto con Casa Alianza, realizaron cabildeo a favor de la legislación, protección de las víctimas y la prevención de la trata.
El país cooperó con México en un plan de trabajo anual para atender a las víctimas y normalizar la cooperación entre las instituciones de gobierno respectivas. Esta cooperación incluyó asegurar que la repatriación de las víctimas de la trata se manejara de forma separada a las deportaciones. El país tuvo convenios de repatriación para menores víctimas de la trata con El Salvador, Nicaragua, Honduras, Costa Rica y Panamá.
El Ministerio Público manejó la Unidad de Niños y Adolescentes Víctimas de la Fiscalía Especial de la Mujer.. Un grupo de tarea que incluía a la Fiscalía Especial, las autoridades migratorias, la PNC y Casa Alianza, realizó un número indeterminado de redadas en bares.
El Ministerio Público trabajó con ECPAT para capacitar a los funcionarios del gobierno en el tema de crímenes de explotación sexual y comercial con un énfasis en la trata de niños. ECPAT dio 12 cursos a 290 funcionarios de gobierno en todo el país.
Personas con Discapacidades
La Constitución no contiene prohibiciones específicas contra la discriminación por discapacidades físicas en el empleo, la educación, el acceso a la atención médica o la provisión de otros servicios estatales. Sin embargo, la ley exige igual acceso a instalaciones públicas y dispone de algunas otras protecciones legales. En muchos casos, personas con discapacidades físicas y mentales no gozaron de estos derechos, y el gobierno dedicó pocos recursos al combate de este problema.
Hubo recursos mínimos para la educación de aquellos que tienen estas necesidades especiales y la mayoría de las universidades no fueron accesibles para las personas con discapacidades. El Hospital Nacional de Salud Mental, el principal proveedor de servicios de salud para las personas con enfermedades mentales, careció de suministros básicos, equipo, condiciones de vida higiénicas y de personal profesional adecuado. Aunque el Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad, conformado por representantes de los ministerios y agencias de gobierno pertinentes, se reunía periódicamente para hablar de iniciativas, el gobierno no dedicó recursos para la implementación de las recomendaciones de esa organización.
Pueblos Indígenas
Personas indígenas de 22 grupos étnicos constituyeron aproximadamente el 43 por ciento de la población. Además de las numerosas comunidades mayas, conviven también los garífunas, descendientes de africanos traídos a la región del Caribe como esclavos que contrajeron matrimonio con los amerindios, y la comunidad indígena xinca. La ley manda que las personas indígenas gocen de los mismos derechos y obliga al gobierno a reconocer, respetar y fomentar sus estilos de vida, costumbres, tradiciones, organización social y forma de vestir.
Aunque algunas personas indígenas lograron altos puestos como jueces y funcionarios de gobierno, en general estaban poco representados en la política y permanecían bastante fuera de la corriente política, económica, social y cultural del país debido a sus escasas oportunidades educativas, pobreza, falta de conocimiento de sus derechos y una generalizada discriminación. Las observaciones hechas en 2007 por la Comisión de Expertos de la OIT (COE, por sus siglas en inglés) identificaron como un problema la discriminación étnica en el empleo y los oficios.
En respuesta a las preocupaciones expresadas por el Consejo de Organizaciones Mayas de Guatemala sobre la falta de consulta por el gobierno al emitir licencias de exploración minera en áreas que afectan las tierras de las comunidades indígenas, el COE pidió al gobierno establecer instrumentos apropiados para la consulta y participación de estas comunidades para atenuar las disputas y establecer los cimientos para proyectos de desarrollo inclusivo.
Al final del año, el gobierno aún no había tomado acción acerca de las recomendaciones realizadas en 2006 por el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD, por sus siglas en inglés) de que el gobierno adoptara legislación específica para castigar la diseminación de ideas sobre superioridad u odio racial, la promoción de la discriminación racial y los actos violentos dirigidos contra los pueblos indígenas y las personas de descendencia africana. El gobierno tampoco siguió las recomendaciones de CERD de que el gobierno devolviera a las personas indígenas las tierras y territorios que tradicionalmente les pertenecían y que adoptara una ley nacional agraria para identificar y demarcar las tierras que históricamente pertenecieron a los indígenas.
La Organización Panamericana de la Salud informó que 77 por ciento de la población indígena vivía en la pobreza, en comparación con 41 por ciento de la población no indígena.
Las personas indígenas del área rural tenían pocas oportunidades educativas y menos oportunidades de empleo. Muchos de los indígenas eran analfabetos y aproximadamente el 33 por ciento no hablaba español. Más del 50 por ciento de las mujeres indígenas era analfabeta y un número desproporcionado de niñas indígenas estaba fuera del sistema escolar. De acuerdo con un informe de 2006 del Ministerio de Educación, el más reciente disponible, había 78,692 niños indígenas de edad preescolar y de edad para el jardín infantil (kindergarten) inscritos en programas de educación bilingüe español-indígena.
El Departamento de Pueblos Indígenas del Ministerio de Trabajo, que tenía la responsabilidad de investigar casos de discriminación y de representar los derechos indígenas, asesoraba a las personas indígenas con respecto a sus derechos. Este departamento no tenía presupuesto separado, sólo cuatro empleados y carecía de recursos para investigar querellas de discriminación.
Rara vez había intérpretes disponibles en los tribunales para los procesos penales como lo mandaba la ley, y ello colocaba en desventaja a las personas indígenas arrestadas por delitos en vista de que en ocasiones, su comprensión del español era limitada. Había 117 jueces que hablaban idiomas mayas en los 561 tribunales en el país. Había 84 intérpretes en los tribunales, incluyendo 36 bilingües maya hablantes, y la Corte Suprema de Justicia informó que el sistema judicial tenía 905 empleados que hablaban idiomas indígenas. En muchos casos, el personal judicial bilingüe continuó siendo asignado a áreas en las que no se hablaba su segundo idioma.
Otros Abusos y Discriminación Sociales
La ley no criminaliza la homosexualidad, pero tampoco incluye de manera específica la orientación sexual o la condición de VIH entre las categorías prohibidas de discriminación. Hubo discriminación social contra los homosexuales, las lesbianas, las personas transgenéro y personas con VIH/SIDA. Los grupos de apoyo para los derechos de los homosexuales argumentaban que los agentes de policía rutinariamente esperaban fuera de los clubes y bares que las minorías sexuales frecuentaban y exigían que los clientes y las personas que participaban en actividades sexuales comerciales les pagaran por protegerlos. Debido a la falta de confianza en el sistema judicial y por temor de sufrir mayor persecución o recriminación social, las víctimas no estaban dispuestas a iniciar demandas.
Sección 6 - Derechos Laborales
a. El Derecho de Asociación
Aunque la ley contiene disposiciones sobre la libertad de asociación y el derecho de formar y pertenecer a sindicatos, en la práctica la aplicación seguía siendo débil e ineficaz. Una evaluación de la OIT realizada en 2006, la más reciente disponible, indicaba que los trabajadores seguían viviendo bajo amenaza de sus patronos y los sindicatos laborales seguían siendo débiles. Los sindicatos locales e internacionales y los grupos defensores de los derechos laborales señalaron un incremento en las amenazas, ataques y asesinatos de activistas de sindicatos, en comparación con los años anteriores, y criticaron la aplicación por parte del gobierno de reglamentos antiterrorismo contra los sindicatos y los sindicalistas. Con la excepción de los miembros de las fuerzas de seguridad, todos los trabajadores tienen derecho de formar o de pertenecer a sindicatos, pero sólo 8 por ciento de los trabajadores del sector formal está sindicalizado.
El reconocimiento jurídico de un sindicato nuevo en toda la industria exige que 50 por ciento más uno de los trabajadores de una industria pertenezcan al mismo. El COE declaró que esta exigencia limita la libre formación de sindicatos. Los activistas de los derechos laborales consideraron que esta cifra constituía una barrera prácticamente insuperable para la formación de nuevos sindicatos en toda la industria, lo cual en efecto eliminó la posibilidad de que los trabajadores ejercieran el derecho de negociar y hacer a los patronos participar de manera formal a nivel industrial.
La aplicación de las prohibiciones legales sobre la retribución para formar sindicatos y participar en actividades sindicales fue débil. Para ocupar un puesto sindical, la ley exige que una persona sea ciudadano del país y que esté empleado por la empresa o actividad económica. Muchos patronos buscaron rutinariamente soslayar las disposiciones legales para la organización de sindicatos resistiéndose los intentos de formación o haciendo caso omiso de las órdenes judiciales para aplicarlas. Un sistema jurídico ineficaz y sanciones inadecuadas por las violaciones continuaron socavando la aplicación del derecho de formar sindicatos y de participar en actividades sindicales.
Hubo informes creíbles sobre represalias de los patronos contra los trabajadores que intentaron ejercer los derechos laborales reconocidos internacionalmente. Las prácticas comunes consistían en el despido y hostigamiento de los trabajadores que intentaban formar sindicatos en las empresas, la creación de sindicatos ilegales apoyados por la empresa para contrarrestar los sindicatos legalmente establecidos, la colocación de los organizadores de sindicatos en una lista negra, la amenaza de cerrar fábricas, la renuencia a permitir que los inspectores de trabajo ingresaran a las instalaciones a investigar las quejas de los trabajadores, y la renuencia a honrar las decisiones tomadas por los juzgados de trabajo a favor de los trabajadores, incluida la reinstalación de los organizadores de sindicatos ilegalmente despedidos. Hubo informes creíbles de que un sindicalista de una fábrica de vestuario recibió amenazas de muerte de trabajadores apoyados por los propietarios de la fábrica.
Algunos trabajadores que fueron objeto de despidos ilegales llevaron sus casos ante los juzgados de trabajo y ganaron 160 órdenes de reinstalación. La ley exige que los patronos reinstalen a los trabajadores despedidos ilegalmente por sus actividades en la organización de sindicatos. En la práctica, los patronos con frecuencia incumplieron las órdenes de reinstalación. Las apelaciones introducidas por los patronos, junto con el uso de recursos legales como la constitución de la empresa como una entidad distinta, con frecuencia prolongaban los procesos de reinstalación. Los juzgados de trabajo rara vez rechazaron casos o apelaciones frívolos, no operaron de manera oportuna y no aseguraron la aplicación de sus decisiones. De acuerdo con funcionarios del Ministerio de Trabajo, las autoridades rara vez disciplinaron a los empleados por hacer caso omiso de órdenes judiciales legalmente vinculantes. Los patronos con frecuencia incumplieron con el pago de los montos totales de las indemnizaciones para los trabajadores como lo exige la ley.
Los líderes laborales denunciaron que fueron objeto de amenazas de muerte y de otros actos de intimidación. La Fiscalía Especial de Crímenes contra Sindicalistas y Periodistas conformada por tres fiscales aceptó varios casos nuevos relacionados con sindicatos durante el año. No hubo información disponible sobre las condenas logradas en los delitos contra los sindicalistas.
El 15 de enero, atacantes no identificados emboscaron y dieron un disparo mortal al Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Estatal de Puerto Quetzal, Pedro Zamora, cuando conducía a casa. Al momento del asesinato, el sindicato de Zamora estaba negociando un pacto colectivo con la gerencia del Puerto, oponiéndose al plan de modernización del Puerto y exigiendo la reinstalación de los sindicalistas que habían sido despedidos después de la toma de tres días del Puerto por el ejército y la policía en octubre de 2006. Durante el año, Zamora había recibido amenazas de muerte supuestamente relacionadas con su trabajo sindical y había solicitado protección de la seguridad del gobierno. Después de su deceso, otros cuatro miembros del Comité Ejecutivo del sindicato siguieron recibiendo amenazas de muerte. El Ministerio de Gobernación proporcionó seguridad policíaca para el nuevo Secretario General del sindicato. Al final del año, el Ministerio Público había emitido órdenes de arresto contra dos sospechosos, que seguían prófugos.
El 6 de febrero, atacantes desconocidos hicieron disparos mortales contra los vendedores callejeros Walter Aníbal Ixcaquic Mendoza y Norma Sente de Ixcaquic, miembros del Sindicato de la Sexta Avenida del Frente Nacional de Vendedores de Mercados de Guatemala y de la Economía Informal. En las semanas previas a los asesinatos, las autoridades municipales, según informes, habían presionado al sindicato a que desalojaran a los vendedores de la más importante vía comercial de la ciudad de Guatemala, la sexta avenida. Al final del año, no hubo avances en la investigación de los asesinatos.
El 23 de septiembre, atacantes enmascarados no identificados en motocicletas le dispararon a muerte a Marco Tulio Ramírez Portela, líder de SITRABI, el Sindicato de Trabajadores Bananeros de Izabal, cuando salía hacia su trabajo de la casa que le había proporcionado su patrono en la finca donde trabajó. Ramírez era hermano del Secretario General de SITRABI, Noé Ramírez.
En enero de 2006, SITRABI había solicitado al Ministerio de Trabajo arbitraje con la Compañía de Desarrollo Bananero de Guatemala (BANDEGUA) acerca de las disposiciones salariales en el pacto colectivo y había participado en acción pacífica colectiva para protestar por el incumplimiento del acuerdo por parte de BANDEGUA. En septiembre, la Fiscalía Especial para Delitos contra Periodistas y Sindicalistas negó la querella formal planteada por SITRABI con respecto al asesinato de Ramírez ese mismo mes. Al final del año, una investigación del Ministerio Público señaló que el asesinato de Ramírez se relacionaba con sus actividades como un monitor del partido UNE el día de las elecciones.
En octubre, BANDEGUA (subsidiaria de Del Monte), SITRABI y la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación creó una comisión permanente que se reunió varias veces para atender cuestiones de seguridad, incluida la protección de los líderes de SITRABI en las fincas bananeras de BANDEGUA. Al final del año, la comisión no había llegado a acuerdo alguno sobre medidas apropiadas de seguridad. El Ministerio de Gobernación envió policías para proporcionar seguridad perimetral en las fincas de BANDEGUA y una patrulla de 24 horas en los vecindarios de los miembros del Comité Ejecutivo de SITRABI y la familia de Ramírez.
Durante el año, el Ministerio de Trabajo otorgó personería jurídica a 36 nuevos sindicatos laborales. Aunque hubo 1,810 sindicatos laborales legalmente inscritos, 475 parecieron estar activos de acuerdo con los registros de inscripción administrativa.
Un solidarismo activo (movimiento de la asociación solidarista) sostuvo tener 86 asociaciones con aproximadamente 30,000 miembros. Los sindicatos pueden operar legalmente en sitios de trabajo que tienen asociaciones solidaristas, y los trabajadores tienen el derecho de escoger entre pertenecer a una de ellas o a ambas. Aunque la ley estipula que los sindicatos comerciales tienen el derecho exclusivo de negociar condiciones de trabajo a favor de los trabajadores, los sindicatos sostuvieron que la gerencia promovía las asociaciones solidaristas para desalentar la formación de sindicatos o competir con los sindicatos existentes.
b. El Derecho a Organizarse y Negociar Pactos Colectivos
La ley permite que los sindicatos realicen sus actividades sin interferencia, y el gobierno en general buscó proteger este derecho en la práctica. La ley exige que los miembros de los sindicatos aprueben un pacto colectivo por mayoría simple. Aunque los trabajadores tenían el derecho de organizarse y negociar en forma colectiva, el pequeño número de trabajadores sindicalizados limitó la práctica de la organización y la negociación.
En una fábrica o negocio, el 25 por ciento de los trabajadores deben ser miembros de un sindicato para que se dé un pacto colectivo. La mayoría de los trabajadores, incluyendo los que estaban organizados en sindicatos, no tenían contratos colectivos que documentaran sus salarios y condiciones de trabajo, ni los contratos individuales como exigidos por la ley.
El Ministerio de Trabajo informó que hubo 27 pactos colectivos.
Los trabajadores tienen el derecho a huelga pero debido a que hay tan pocos sindicatos y por los obstáculos procesales, no hubo huelgas legales. La ley exige aprobación por mayoría simple de los trabajadores de una empresa para llamar a una huelga, y se exige que un juzgado de trabajo determine si los trabajadores actúan pacíficamente y han agotado la mediación disponible antes de hacer una determinación acerca de la legalidad de una huelga. Los maestros, los trabajadores de fincas y otros grupos de trabajadores realizaron paros ilegales o no oficiales.
La ley faculta al Presidente y su gabinete para suspender cualquier huelga que sea considerada “gravemente perjudicial a las actividades esenciales y servicios públicos del país.” Los trabajadores de los sectores de servicios esenciales y públicos pueden atender sus agravios por la mediación y arbitraje a través de la Inspectoría de Trabajo del Ministerio de Trabajo y también directamente por medio de los juzgados de trabajo. Los patronos pueden suspender o despedir a los trabajadores por ausentarse sin permiso si las autoridades no han reconocido una huelga como legal. La ley exige arbitraje vinculante si no se ha logrado acuerdo después de 30 días de negociación. La ley prohíbe represalias del patrono contra los huelguistas que intervienen en huelgas legales.
Las observaciones del COE identificaron violaciones de pactos colectivos, actos de interferencia de los patronos, actos de discriminación contra sindicatos y un número muy bajo de sanciones del gobierno emitidas por violaciones laborales.
No hubo leyes especiales o exenciones de las leyes laborales ordinarias en las 13 zonas activas de procesamiento para exportación (ZPEs) ni dentro de las fábricas de vestuario que operaron de acuerdo a un régimen similar a las ZPEs. Debido a la inadecuada aplicación de las leyes laborales y las medidas, con frecuencia ilegales, adoptadas por los patronos para prevenir la formación de nuevos sindicatos o socavar los sindicatos existentes, hubo poco éxito en la organización de los trabajadores en las ZPEs y en el sector de vestuario. Algunas fábricas cerraron y volvieron a abrir con un nuevo nombre y con un nuevo estado de exoneración tributaria. De las 188 compañías que operaban en las ZPEs, sólo tres habían reconocido a los sindicatos y ninguna tenía pacto colectivo. El gobierno no realizó inspecciones de trabajo periódicas en las ZPEs, y hubo violaciones de las leyes sobre salarios y horarios, horas extras trabajadas de manera obligatoria sin el pago adicional, despidos de trabajadores que intentaban formar sindicatos, la retención de los pagos del seguro social y pruebas ilegales de embarazo. Las observaciones del COE identificaron como problema la exigencia de las pruebas de embarazo para obtener y conservar un empleo.
c. Prohibición de Trabajo Forzado u Obligatorio
Aunque la Constitución y la ley prohíben el trabajo forzado u obligatorio, incluyendo el trabajo por la niñez, las mujeres y cada vez más los menores fueron traficados para fines de explotación sexual.
d. Prohibición de Trabajo Infantil y Edad Mínima para Obtener Empleo
Aunque la ley prohíbe el empleo de menores de menos de 14 años sin el permiso escrito de los padres o el Ministerio de Trabajo, el trabajo infantil era un problema muy amplio. La ley prohíbe que los menores, pero no identifica claramente el rango de las edades, trabajen en establecimientos donde se venden bebidas alcohólicas, trabajen en condiciones insalubres o peligrosas y trabajen por la noche y horas extras. El día legal de trabajo para personas menores de menos de 14 años es de 6 horas, y para personas de 14 a 17 años es de siete horas. A pesar de estas protecciones, los niños trabajadores trabajaban en promedio más de 45 horas a la semana.
Los sectores informal y agrícola empleaban periódicamente a niños menores de menos de 14 años de edad, generalmente en pequeñas empresas familiares. La necesidad económica obligaba a la mayoría de las familias a enviar a sus hijos a trabajar para complementar el ingreso familiar, particularmente en comunidades rurales e indígenas.Hubo informes creíbles de que el trabajo infantil se empleaba en las empresas de procesamiento de alimentos, de productos frescos y de producción de flores. En marzo, Legumex, una procesadora de alimentos, su exportador, “Superior Foods” y la ONG Centro de Estudios y Apoyo al Desarrollo Local (CEADEL) negociaron un convenio relacionado con 24 niños trabajadores a los que CEADEL encontró en noviembre de 2006 trabajando en la instalacion de Legumex en Chimaltenango. El convenio estipulaba que la procesadora de alimentos pagaría a los niños trabajadores sus sueldos pendientes, los sacaría de la fábrica, los colocaría en la escuela y les garantizaría una oferta de empleo al llegar a los 18 años.
Las leyes que rigen el empleo de menores no se aplicaron de forma efectiva. La situación se vio exacerbada por la debilidad de los sistemas de inspección de trabajo y de juzgados de trabajo y una ley que dispone que basta el consentimiento de los padres para permitir que un niño trabaje.
Las observaciones del COE expresaron una profunda preocupación acerca de la situación de la niñez de menos de 14 años obligados a trabajar en el país, observó que parecía muy difícil aplicar en la práctica la legislación nacional sobre trabajo infantil y animó al gobierno a mejorar sus esfuerzos para mejorar la situación de los trabajadores infantiles de menos de 14 años. El Comité de la OIT también solicitó que el gobierno tomara medidas para asegurar que ninguna persona de menos de 18 años fuera empleada en la peligrosa industria de la producción de juegos pirotécnicos y brindar información sobre el número de niños retirados de esa actividad. El Ministerio de Trabajo estimó que aproximadamente 3,700 niños estaban ilegalmente empleados en la producción de juegos pirotécnicos.
El Programa Internacional de la OIT para la Eliminación del Trabajo Infantil (PITI) siguió manejando programas como parte de un esfuerzo regional de siete años para combatir la explotación sexual comercial de los niños. Durante el año, el PITI realizó dos programas de trabajo infantil en Retalhuleu y San Marcos. Una ONG internacional colaboró con varios grupos locales de la sociedad civil en la ejecución de un programa para fortalecer la capacidad del gobierno y de la sociedad civil para retirar a los niños de los trabajos peligrosos y prevenir que trabajen en ellos por medio de la provisión de servicios educativos.
La Unidad de Protección al Menor Trabajador del Ministerio de Trabajo tiene la responsabilidad de aplicar restricciones al trabajo infantil y de educar a los menores, a sus padres y a los patronos acerca de los derechos de los menores en el mercado laboral. El gobierno dedicó recursos insuficientes a los programas de prevención, pero la administración municipal de la ciudad de Guatemala gestionó varios pequeños programas que ofrecieron becas y alimentos gratuitos para animar a las familias a enviar a la escuela a los niños que antes habían trabajado en las plantaciones de brócoli, café y piedrín y en las industrias de los juegos pirotécnicos.
e. Condiciones Aceptables de Trabajo
La ley establece los salarios mínimos nacionales para el trabajo agrícola y no agrícola. El salario mínimo diario era $5.94 (44.58 quetzales) al día para el trabajo agrícola y $6.10 (45.82 quetzales) para el trabajo no agrícola.
El salario mínimo no ofrecía una condición de vida decente para un trabajador y su familia. El Instituto Nacional de Estadísticas estimó que el presupuesto alimenticio mínimo para una familia de cinco era $221.97 (1,664.81 quetzales) al mes, 10.8 por ciento más elevado que en 2006. Los representantes laborales observaron que incluso cuando ambos padres trabajaban, el salario mínimo no permitía a la familia satisfacer sus necesidades básicas.
El incumplimiento de las disposiciones sobre el salario mínimo en el sector informal estaba muy difundido. El Ministerio de Trabajo realizó inspecciones para monitorear el cumplimiento de las disposiciones sobre el salario mínimo, pero el gobierno no le asignó fondos adecuados para que los inspectores pudieran aplicar la ley sobre salario mínimo de forma adecuada, particularmente en el vasto sector informal. Los grupos de defensa que centraron su atención en los problemas del sector rural estimaron que más de la mitad de los trabajadores en áreas rurales con empleos de todo el día no recibían los salarios, las prestaciones y las asignaciones del seguro social exigidos por la ley. De acuerdo con un seminario realizado en octubre por el Ministerio de Trabajo, aproximadamente 75 por ciento de los trabajadores trabajaban en el sector informal y por consiguiente fuera del sistema de protecciones básicas, como el salario mínimo que otorga la ley.
La semana de trabajo legal es de 48 horas con por lo menos un período de descanso de 24 horas pagado, aunque en ciertos sectores económicos, los trabajadores seguían trabajando conforme a la tradición de horas más largas de trabajo. Los límites de horas máximos diarios y semanales no se aplicaban a los trabajadores domésticos. Se exigía el pago de tiempo y medio en el caso de trabajo realizado en horas extra. Aunque la ley prohíbe horas extras excesivas obligatorias, los líderes de sindicatos y grupos de derechos humanos denunciaron que los empleadores obligaban a los trabajadores a laborar horas extra sin el pago adicional exigido por la ley. La gerencia con frecuencia manipulaba el transporte proporcionado por la empresa con el fin de obligar a los empleados a trabajar horas extras, particularmente en ZPEs ubicadas en áreas aisladas con pocas alternativas de transporte. Los inspectores de trabajo informaron que descubrieron muchos casos de abusos cometidos con las horas extras, pero su efectiva aplicación se veía socavada por las multas inadecuadas y las ineficiencias del sistema de juzgados de trabajo.
Los juzgados de trabajo tienen la responsabilidad de sancionar a los patronos que violan las leyes laborales. Los inspectores de trabajo no tienen autoridad para adoptar medidas administrativas o para imponer multas en el caso de violaciones laborales. Los juzgados de trabajo recibieron 866 casos de la Inspección de Trabajo y dictaminaron a favor del restablecimiento del trabajador en 766 casos. Sin embargo, las decisiones de los juzgados que favorecían del restablecimiento a los trabajadores rara vez se cumplieron por la frecuente negativa de los patronos de honrar estas decisiones. Según informes, la gerencia o las personas contratadas por la gerencia hostigaban y amenazaban de muerte a los trabajadores que no aceptaban el despido del patrón o que se negaban a abandonar su derecho a la reinstalación.
El gobierno establece las normas de salud y seguridad ocupacional, las cuales eran inadecuadas y cumplidas deficientemente. Cuando ocurrían accidentes industriales serios o mortales, las autoridades con frecuencia omitían investigar a plenitud o asignar responsabilidad por negligencia. Los patronos rara vez fueron sancionados por no brindar condiciones de trabajo seguras. La legislación que exige a las empresas con más de 50 empleados brindar instalaciones médicas internas para sus trabajadores no fue aplicada. Los trabajadores tienen el derecho legal a retirarse de situaciones de trabajo peligrosas sin sufrir represalias. Sin embargo, pocos trabajadores estuvieron dispuestos a poner sus empleos en peligro por quejarse acerca de condiciones de trabajo inseguras.