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Visas de Inmigrante
Requisitos para la EntrevistaLa entrevista para la visa se programará únicamente después de que la petición haya sido aprobada, que la fecha de prioridad esté vigente, y que el solicitante haya entregado debidamente llenos los formularios DS-230 Parte I y el DS-2001. Los abogados de los solicitantes no pueden participar en las entrevistas. Los solicitantes que lleguen a la entrevista tienen que presentar sus cartas de notificación a las 7:15 a.m. el día de su cita, de lo contrario no serán entrevistados ese día. Las entrevistas se llevan a cabo únicamente de lunes a jueves. Cuando se emite una visa, generalmente ésta se imprime más tarde, ese mismo día. - Pasaporte El pasaporte tiene que tener vigencia de por lo menos seis meses después de la fecha de la entrevista de la visa. Cada solicitante tiene que tener un pasaporte con información biográfica actualizada. Si existiera algún error en la información biográfica, el solicitante tiene que corregirlo con las autoridades correspondientes antes de que la visa sea emitida. Si el solicitante ha viajado a los Estados Unidos con anterioridad, debe presentar además del pasaporte vigente cualquier pasaporte(s) anterior(es).
- Pago total de $380.00 (o su equivalente en quetzales guatemaltecos). Estos pagos tienen que ser cancelados en la caja de la Sección Consular antes de la entrevista (a menos de que se pague en el Centro Nacional de Visas, NVC).
- Fotografías Los solicitantes tienen que adjuntar dos (2) fotografías recientes, a color o blanco y negro (2”de largo por 2” de ancho, el 50% de la foto tiene que ser la cara, fondo blanco, orejas y frente descubiertas, sin aretes ni sombrero). Presione aquí para información más completa sobre los requisitos de la foto.
- Formulario DS-230 – Solicitud para Visa de Inmigrante y Registro Extranjero Cada solicitante, sin importar su edad, tiene que llenar el formulario DS-230. Todas las preguntas tienen que ser respondidas. Por favor no firme la última página del formulario hasta que el Oficial Consular le pida que lo haga en la cita para la visa.
- Certificado de Nacimiento (original) Cada solicitante tiene que presentar un certificado de nacimiento original.
- Certificado de Matrimonio (original) Cada solicitante casado tiene que presentar un certificado de matrimonio original. Además, los solicitantes que hayan estado casados con anterioridad tienen que presentar el original o la evidencia autenticada de la finalización del matrimonio anterior (certificado de divorcio o anulación o certificado de defunción de los cónyuges previos).
- Examen Médico Cada solicitante, sin importar su edad, tiene que hacerse un examen médico realizado por uno de los médicos asociados a la Embajada. A cada solicitante se le proporciona mayor información con relación al examen médico cuando se le notifique de su cita. Los médicos asociados a la Embajada no pueden realizar el examen médico hasta que el solicitante tenga programada su cita. El solicitante tiene que entregar al momento del examen médico la carta de la cita y su pasaporte vigente. Aproximadamente dos días después del examen, el médico le proporcionará al solicitante un informe escrito y sellado para que éste lo presente el día de su cita para la visa. No serán aceptados los exámenes médicos realizados por otros médicos que no sean los asociados a la Embajada.
Evidencia de Sostenimiento Económico Cada solicitante de visa de familiar inmediato o de categorías de limitación numérica tiene que presentar una Carta de Sostenimiento (Affidavit of Support, formulario I-864. vea más información abajo) debidamente lleno y firmado por el peticionario de la visa y autenticado por un Notario Público en los Estados Unidos o por un Oficial Consular en la Embajada. El peticionario también tiene que presentar copias de sus declaraciones de impuestos federales de los últimos tres años (formulario 1040 incluyendo todos los anexos y el formulario W-2) y constancia de trabajo, como una carta de sus empleadores debidamente autenticada. Si el ingreso del peticionario no excede del 125% de la Guía de Ingreso Mínimo Anual según el tamaño de familia de éste, incluyendo el solicitante(s) patrocinado; el solicitante(s) también tiene que presentar una Carta de Sostenimiento, constancia de trabajo, y copias de las declaraciones de impuestos federales de los últimos tres años de un patrocinador. El patrocinador tiene que tener un ingreso que exceda del 125% de la Guía de Ingreso Mínimo Anual según el tamaño de familia del patrocinador, incluyendo a los solicitantes patrocinados. El patrocinador tiene que ser un ciudadano estadounidense, o residente permanente legal, con domicilio actual en los Estados Unidos y tiene que ser un pariente del peticionario o solicitante, pero también se pueden aceptar personas que no sean parientes, si existiera una relación fuerte y de mucho tiempo. Los ingresos del peticionario y del patrocinador no podrán ser totalizados a fin de llenar/exceder los requisitos de ingresos. Si hubiera un patrocinador, éste tiene que reunir independientemente los requisitos de sus ingresos. El peticionario o patrocinador puede incluir en los ingresos que aparecen en sus respectivas cartas de sostenimiento los de otros individuos que hayan compartido la residencia del peticionario o patrocinador por al menos seis meses y que estén relacionados con éstos por nacimiento, matrimonio o adopción. Cada miembro de la familia (co-patrocinador) que contribuya al ingreso total que aparece en la Carta de Sostenimiento de otra persona tiene que llenar el formulario I-894A, el contrato entre el patrocinador y el miembro de la familia. Para mayor asesoría sobre la declaración de sostenimiento económico, por favor presione aquí: http://travel.state.gov/visa/immigrants/info/info_1335.html.
Ingreso a las Instalaciones de la EmbajadaPor favor tome nota que al ingresar a la Embajada, los visitantes pasarán por un detector de metales y los agentes de seguridad examinarán cualquier objeto que lleve consigo. A los padres de familia con niños pequeños se les permitirán el ingreso de artículos esenciales como pañales, pachas y frazadas.
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| - Artículos Prohibidos
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Los siguientes artículos están prohibidos de ingreso a la Sección Consular: teléfonos celulares, cámaras, radios pórtatiles, reproductores de CDs y MP3, agendas electrónicas, computadoras pórtatiles, y cualquier otra clase de equipo electrónico. Asimismo, las ARMAS de cualquier tipo son PROHIBIDAS. El Consulado le agradece anticipadamente por acatar estas medidas de seguridad.
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